Sancionar a la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar, con una multa equivalente a tres coma cinco (3,5) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “d” del artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, materializándose la infracción por: “Efectuar vertimiento de aguas residuales hacia el río Ragra ubicado en coordenadas UTM WGS-84: 361468Ey 8819589N, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, ubicado en el centro poblado de Paragsha, distrito de Simón Bolívar, provincia y departamento de Pasco.