R.TNRCH. Nº 0179-2021-ANA
Resumen
CUT N°: 175727-2020.
SOLICITANTE: Agrovalko S.A.C.
ÓRGANO: ALA San Lorenzo.
MATERIA: Procedimiento Administrativo General
SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.
SUMILLA: Se declara improcedente la queja por defecto de tramitación presentada por la empresa Agrovalko S.A.C. contra la Administración Local de Agua San Lorenzo.
MARCO NORMATIVO: Numeral 169.1 del artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: IMPROCEDENTE
Fecha de Resolución
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se debe precisar que dicha norma es de aplicación para los procedimientos administrativos sancionadores tramitados por transgresión a la Ley N° 29338; Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento; por tanto, no podría sustentar un incumplimiento de plazos.
Marco normativo
Numeral 169.1 del artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.