R.TNRCH. Nº 0079-2023-ANA
Resumen
CUT N°: 205098-2022
SOLICITANTE: Jesús Alberto Aymar Alejos
ORGANO: ALA Grande
MATERIA: Procedimiento Administrativo General
SUBMATERIA: Queja por Defecto de Tramitación
SUMILLA: Se declara improcedente la queja por defecto de tramitación formulada por el señor Jesús Alberto Aymar Alejos contra la Administración Local de Agua Grande, porque no existe un procedimiento administrativo en curso.
MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Improcedente
Fecha de Resolución
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La queja por defecto de tramitación tiene por finalidad impulsar el procedimiento o corregir irregularidades, pero, cuando la denuncia se basa en la demora del funcionario y el trámite ya culminó, se produce la sustracción de la materia en tanto no existe objeto sobre el cual pronunciarse.
Marco normativo
Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.