Autoridad Local del Agua de Moquegua

R.TNRCH. Nº 0160-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 148124-2020.

IMPUGNANTE: Eugenio Zacarías Coayla Arias.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Eugenio Zacarías Coayla Arias contra la Resolución Directoral N° 859-2020-ANA/AAA. CO, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal a) del artículo 277º de su Reglamento. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

010-2021

Sumilla

Al haberse desarrollado el procedimiento respetando todas las etapas del procedimiento administrativo sancionador y el derecho de defensa de la impugnante, no se ha vulnerado el Principio del Debido Procedimiento.

Marco normativo

Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0159-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 148251-2020.

IMPUGNANTE: Clara Asiscla Coayla Fernández.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Clara Asiscla Coayla Fernández contra la Resolución Directoral N°858-2020-ANA/AAA.CO, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 1 del articulo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal a) del articulo 277° de su Reglamento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

020-2021

Sumilla

Al haberse desarrollado el procedimiento respetando todas las etapas del procedimiento administrativo sancionador y el derecho de defensa de la impugnante, no se ha vulnerado el Principio del Debido Procedimiento.

Marco normativo

Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0137-2021-ANA

Resumen

CUT N°:186590-2020.

IMPUGNANTE: Anglo American Quellaveco S.A.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUBMATERIA: Caducidad de procedimiento administrativo sancionador

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra Anglo American Quellaveco S.A. a través de la Notificación Nº114-2018-ANA-AAA.CO-ALA-MOQUEGUA, en consecuencia, se dispone el archivo de dicho procedimiento, dejándose sin efecto las Resoluciones Directorales Nros.618-2019-ANA/AAA I C-O y 1574-2020-ANA/AAA I C-O.

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: CADUCIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

009-2021

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0158-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 148267-2020.

IMPUGNANTE: Néstor Pedro Coaila García.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA:  Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Néstor Pedro Coaila García contra la Resolución Directoral Nº857-2020-ANA/AAA.CO, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal a) del artículo 277° de su Reglamento. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

012-2021

Sumilla

Al haberse desarrollado el procedimiento respetando todas las etapas del procedimiento administrativo sancionador y el derecho de defensa de la impugnante, no se ha vulnerado el Principio del Debido Procedimiento.

Marco normativo

Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0156-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 147955-2020.

IMPUGNANTE: Enrih Ana Coayla Fernández.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Enrih Ana Coayla Fernández contra la Resolución Directoral N°1021-2020-ANA!AAA.CO, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 1 del articulo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal a) del articulo 277° de su Reglamento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

001-2020

Sumilla

Al haberse desarrollado el procedimiento respetando todas las etapas del procedimiento administrativo sancionador y el derecho de defensa de la impugnante, no se ha vulnerado el Principio del Debido Procedimiento.

Marco normativo

Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0136-2021-ANA

Resumen

CUT N°:153640-2020.

IMPUGNANTE: Elí Florentino García Nina.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Eli Florentino García Nina contra la Resolución Directoral Nº 889-2020-ANA/AAA.CO, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 1 del artículo 120º de la Ley de  Recursos Hídricos y en el literal a) del artículo 277º de su Reglamento. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

014-2020

Sumilla

Por haberse demostrado la causalidad (nexo causal) entre el hecho infractor (conducta constitutiva de infracción) y el infractor, correspondia que la administración imponga al impugnante una sanción administrativa en atención al principio de razonabilidad y del desarrollo de los criterios previstos en la ley, razón por la cual, al encontrarse debidamente motivada la resolución apelada, carece de sustento lo alegado por el impugnante.

Marco normativo

Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RA N° 009-2021-ANA-AAA C-O/ALA-MOQ

Resumen

Rectificar, con efecto retroactivo, el error material incurrido en el considerando y parte resolutiva de la Resolución Administrativa N° 11-2020-ANA-AAA I C-O.ALA.MOQ.  

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Enero, 2021

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

RA N° 023-2021-ANA-AAA C-O/ALA-MOQ

Resumen

Otorgar Autorización de Ejecución de Estudios de Disponibilidad Hídrica Superficial o Subterránea Sin Perforación de Pozo Exploratorio, por el periodo de ocho (08) meses, a favor de Víctor Huaraccallo Callohuari con DNI N° 40904068.

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero, 2021

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

RA N° 022-2021-ANA-AAA C-O/ALA-MOQ

Resumen

Declarar Improcedente, la solicitud formulada por Benito Ortiz Flores, de ampliación de plazo de Autorización de Ejecución de Estudios de Aprovechamiento Hídrico para Obtención de Licencia de Uso de Agua Subterránea sin Perforación de Pozo Exploratorio del Acuífero del Valle Moquegua.

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero, 2021

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

RA N° 021-2021-ANA-AAA C-O/ALA-MOQ

Resumen

Otorgar el permiso de uso de aguas de las filtraciones existentes, denominada “El Puquio”, para ser utilizado en el predio Solo Dejavu a favor Lourdes Antonieta Loja Uscamayta con DNI N° 04647750 y Ascencio Jacinto Sosa Juárez con DNI N° 04428011.

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero, 2021

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua