R.TNRCH. Nº 0755-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 160337-2021.

IMPUGNANTE: Ernesto Guadalupe Ramos Benavente.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Ernesto Guadalupe Ramos Benavente contra la Resolución Directoral N° 0396-2022-ANA-AAA.CO, porque dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 79.1 del artículo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

478-2022

Sumilla

En relación con los medios probatorios presentados por el impugnante junto con su recurso de reconsideración, el referido informe técnico señaló que éstos fueron evaluados oportunamente por lo que no califican como nueva prueba.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 79.1 del artículo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0754-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 108787-2020.

IMPUGNANTE: Consorcio Paucar E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el Consorcio Paucar E.I.R.L.; en consecuencia, se declara la nulidad de las Resoluciones Directorales Nº 0312-2022-ANA-AAA.H y Nº 0164-2022-ANA-AAA.H, debido a que se vulneraron los principios de causalidad y presunción de licitud, disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo sancionador instaurado en su contra.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Ocupar, utilizar o desviar, los cauces riberas o fajas marginales sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

521-2022

Sumilla

Se puede concluir que, se ha vulnerado los principios de causalidad y presunción de licitud, pues la misma ha sido emitida en base a presunciones y no en un nexo causal que conlleve a concluir de manera inequívoca.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0753-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 146020-2021.

IMPUGNANTES: Comité de Administración Temporal de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Ica-Clase B, integrado por los señores Julio Cesar Sulca Juáres, Harry Eduardo Rodríguez Dávila y Jorge Daniel Pérez Hernández.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Administración Temporal de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Ica-Clase B, integrado por los señores Julio Cesar Sulca Juáres, Harry Eduardo Rodríguez Dávila y Jorge Daniel Pérez Hernández contra la Resolución Directoral Nº 0334-2022-ANAAAA.CHCH, debido a que la infracción por la cual se le inició el procedimiento administrativo no se encuentra probada, vulnerándose el principio de presunción de licitud.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Destinar las agua a uso distinto al cual fueron otorgadas 

MARCO NORMATIVO: Literal a) del artículo 110º del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua.
Numeral 9 del artículo 248º Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

Sumilla

Este tribunal no puede mantener la responsabilidad administrativa sobre un hecho que no ha sido indubitablemente probado, debiendo en estos casos primar el principio de licitud consagrado en la norma que determina que las administraciones públicas deben presumir que los administrados actuaron conforme a sus deberes mientras no se cuente con evidencia en contrario.

Marco normativo

Literal a) del artículo 110º del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua.
Numeral 9 del artículo 248º Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0752-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 110928-2021.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca por medio de la Notificación N° 0026-2021-ANA-AAA.H-ALA.ALTO MAYO, en consecuencia, se dispone el archivo de dicho procedimiento, dejándose sin efecto la Resolución Directoral N° 259-2022-ANA-AAA.H y la Resolución Directoral N° 0397-2022-ANA-AAA.H.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Caducidad de procedimiento administrativo sancionador 

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

520-2022

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0751-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 173619-2021.

IMPUGNANTE: Neptalí Salvador Peña Fiestas y Luis Virgilio Peña Fiestas.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por los señores Neptalí Salvador Peña Fiestas y Luis Virgilio Peña Fiestas contra la Resolución Directoral N° 0964-2022-ANA-AAA.JZ, en consecuencia, nula la referida resolución, por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.3 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Acreditacion de disponibilidad hidrica.

MARCO NORMATIVO: Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.
Numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenad de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

518-2022

Sumilla

Cabe indicar que no es justificación legal ni técnica para denegar la solicitud de licencia de uso de agua, señalando que el bloque no existe disponibilidad hídrica por haberse otorgado derechos en un volumen mayor al asignado, vulnerando lo regulado en la norma, que establece un procedimiento especial para legalizar los usos de agua que se desarrollan en un bloque de riego en forma individual.

Marco normativo

Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.
Numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenad de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0750-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 138906-2020.

IMPUGNANTE: Catalina Asca Espinoza.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la señora Catalina Asca Espinoza mediante la Notificación Nº 0006-2021-ANA-AAA.H-ALA.TINGO MARÍA, dejándose sin efecto las Resoluciones Directorales Nº 0241-2022-ANA-AAA.H y Nº 0335-2022-ANA-AAA.H. Asimismo, se dispone la conclusión y archivo de dicho procedimiento.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Caducidad de procedimiento administrativo sancionador 

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

500-2022

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la notificación de la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0749-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 125643-2021.

IMPUGNANTE: César Augusto Gonzales Prada Lanfranco.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor César Augusto Gonzales Prada Lanfranco contra la Resolución Directoral N° 572-2022-ANA-AAA.JZ, por haberse emitido conforme a Ley.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 32.2 del artículo 32° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

517-2022

Sumilla

PADH es un instrumento de planificación de aprovechamiento de las disponibilidades hídricas, y no un documento para sustentar la acreditación de disponibilidad hídrica para la obtención de un derecho de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 32.2 del artículo 32° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0748-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 201027-2021.

IMPUGNANTE: Eucebio Rigoberto Cucho Misaico.

ÓRGANO: AAA Chaparra – Chincha.

SUMILLA: resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral Nº 1956-2019-ANA-AAA-CH.CH, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua Superficial.

 SUB MATERIA: Prescripcion de facultad para declarar nulidad de oficio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No haber merito

 

 

Fecha de Resolución

Jueves, 15 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

451-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0747-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 77448-2020.

IMPUGNANTE: Volcan Compañía Minera S.A.A.

ÓRGANO: DCERH.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Volcan Compañía Minera S.A.A., nula la Resolución Directoral N° 074-2022-ANA-DCERH y se dispone la reposición del procedimiento con el fin de que la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos emita un nuevo acto resolutivo sobre el recurso de reconsideración planteado por la referida empresa en fecha 29.12.2021.

MATERIA: Autorizacion de vertimiento de aguas residuales tratadas.

SUB MATERIA: Renovación (o prórroga) de Autorización de Vertimiento de Aguas Residuales Domésticas Tratadas.

MARCO NORMATIVO: Artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 15 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

477-2022

Sumilla

La decisión adoptada por la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos en la resolución apelada contraviene el mandato legal contemplado en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Marco normativo

Artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0746-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 55124-2022.

IMPUGNANTES: Gasparina Cáceres de Portugal y José Portugal Pinto.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Gasparina Cáceres de Portugal y José Portugal Pinto contra la Resolución Directoral N° 345-2022-ANA-AAA.CO, debido a que sus argumentos impugnatorios han sido desvirtuados.

MATERIA: Delimitación de Faja Marginal.

SUB MATERIA: Modificacion de la delimitacion de la faja marginal 

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 15 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

454-2022

Sumilla

Se aprecia que la pretensión de los impugnantes no se subsume dentro de los presupuestos contenidos en la norma, ya que no se encuentra orientada a una corrección no sustancial; pues precisamente, su pedido implicaría efectuar un nuevo juicio valorativo con la respectiva apreciación de las pruebas que han sido presentadas, lo que ocasionaría que la resolución no mantenga su integridad, desnaturalizando la figura de la rectificación, se determinó que los impugnantes no lograron sustentar técnicamente la posibilidad de una modificación de la delimitación contenida en la resolución.

Marco normativo

Numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor