R.TNRCH. Nº 0293-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 185290-2022.

IMPUGNANTE: Eder Gustavo Subilete Herrera.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUMILLA: La autoría de la infracción referida a la sustracción de agua destinada a terceros queda acreditada con la apertura de la compuerta en fecha distinta a la programada y el beneficio obtenido por el infractor con el riego del predio.

MARCO NORMATIVO: Literal n) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

740-2023

Sumilla

La autoría de la infracción referida a la sustracción de agua destinada a terceros queda acreditada con la apertura de la compuerta en fecha distinta a la programada y el beneficio obtenido por el infractor con el riego del predio.

Marco normativo

Literal n) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0291-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 44927-2024.

SOLICITANTE: Santa Sofía del Sur S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite, la queja será
desestimada debido a que su finalidad es impulsar el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: : Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

297-2024

Sumilla

Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite, la queja será
desestimada debido a que su finalidad es impulsar el procedimiento.
 

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0290-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 105661-2021.

IMPUGNANTES: Isabel Garay Basauri y María Cristina Basauri Cépeda.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

822-2023

Sumilla

La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha
concluido.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0289-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 56045-2023.

IMPUGNANTE: Pedro Simón Morales.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

475-2023

Sumilla

La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha concluido.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0288-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 108712-2022.

IMPUGNANTE: María Asunciona García Baldera.

ORGANO: ALA Chancay Lambayeque.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

636-2023

Sumilla

 La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha
concluido.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0292-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 161632-2022.

IMPUGNANTE: Pedro de Antioquía Goicochea Cabanillas.

ORGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: No corresponde declarar el abandono cuando el administrado ha respondido el requerimiento de la autoridad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 202° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444.

SENTIDO: Fundado..

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

810-2023

Sumilla

No corresponde declarar el abandono cuando el administrado ha respondido el requerimiento de la
autoridad.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 202° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0287-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 29846-2022.

SOLICITANTE: Alberto Herbay Martínez.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUMILLA: La transferencia de propiedad por medio de una permuta y posterior sucesión intestada en favor de los herederos, habilita para solicitar la extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 23.3 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

454-2023

Sumilla

La transferencia de propiedad por medio de una permuta y posterior sucesión intestada en favor de los herederos, habilita para solicitar la extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 23.3 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0286-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 72544-2023.

ADMINISTRADO: Segundo Richard Javier Plasencia.

ORGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUMILLA: La naturaleza temporal del contrato de arrendamiento se contrapone con el carácter indeterminado de la licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 1666° del Código Civil, numeral 3 del artículo 50° de la Ley de Recursos hídricos, numerales b) y c) del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

439-2023

Administrado

Segundo Richard Javier Plasencia

Sumilla

La naturaleza temporal del contrato de arrendamiento se contrapone con el carácter indeterminado de la licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 1666° del Código Civil, numeral 3 del artículo 50° de la Ley de Recursos hídricos, numerales b) y c) del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0285-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 90262-2023.

IMPUGNANTE: Alfredo Teodoro Fajardo Hernández.

ORGANO: ALA Ica.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUMILLA: La sucesión intestada inscrita constituye un título de transferencia de propiedad para los fines de la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, el artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, artículo 660° del Código Civil.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

607-2023

Sumilla

La sucesión intestada inscrita constituye un título de transferencia de propiedad para los fines de la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, el artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, artículo 660° del Código Civil.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0284-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 137700-2023

IMPUGNANTE: Javier Chambilla Choque.

ORGANO: ALA Caplina - Locumba.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUMILLA: La autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea se realiza respecto de la fuente de agua, por lo que, la existencia de un pozo no es impedimento para su otorgamiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, el numeral 80.1 del artículo 80° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

650-2023

Sumilla

La autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea se realiza respecto de la fuente de agua, por lo que, la existencia de un pozo no es impedimento para su otorgamiento.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, el numeral 80.1 del artículo 80° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas