R.TNRCH. Nº 0485-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 55784-2021.

IMPUGNANTE: Minas Alta Cordillera S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación formulado por Minas Alta Cordillera S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 115-2022-ANA-AAA.CO, debido a que sus argumentos impugnatorios han sido desvirtuados.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extinción y otorgamiento de Licencias de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 102° Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

254-2022

Sumilla

El impugnante no ha logrado presentar justificación sobre la falta de uso del agua otorgada en la resolución de otorgamiento respecto de los periodos 2017-2019.

Marco normativo

Artículo 102° Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0484-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 107021-2021.

IMPUGNANTE: Javier Antonio Córdova Ascencio.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Javier Antonio Córdova Ascencio contra la Resolución Directoral Nº 0100-2021-ANA-AAA.CHCH; y nulos los artículos 1º, 2º, 3º y 5º de la Resolución Directoral Nº 0100-2021-ANA-AAA.CHCH, por haberse vulnerado el principio de causalidad, dejando subsistente en todo lo demás que contiene la mencionada resolución, procediéndose al archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra el señor Javier Antonio Córdova Ascencio con la Notificación Nº 0057- 2021-ANA-AAA-CHCH-ALA.I.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o modificar obras sin autorizacion

MARCO NORMATIVO: Numeral 8 del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

218-2022

Sumilla

Se ha inobservado el principio de causalidad, debido a que el órgano instructor no ha identificado a los responsables de los trabajos de perforación del pozo constatados en la verificación técnica de campo.

Marco normativo

Numeral 8 del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0483-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 43095-2022

IMPUGNANTE: Segundo Demetrio Tarrillo Chicoma.

ÓRGANO: ALA Zaña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Segundo Demetrio Tarrillo Chicoma contra la Resolución Administrativa N° 0018-2022-ANA-AAA.JZ-ALA.Z, por haberse desvirtuado sus argumentos de apelación.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos Generales

SUB MATERIA: Medida Provisional.

MARCO NORMATIVO: Artículo 256° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 123° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

303-2022

Sumilla

El impugnante han incumplido sus funciones al haberse negado a subsanar la esquela de observación expedida por la SUNARP, el presente procedimiento es un procedimiento administrativo sancionador, en el que se ha dispuesto la adopción de medidas preventivas de carácter temporal con la finalidad de garantizar el normal funcionamiento.

Marco normativo

Artículo 256° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 123° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0482-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 137382-2020.

IMPUGNANTE: ANABI S.A.C.

ÓRGANO: AAA Pampas-Apurímac.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Anabi S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 1059-2021-ANA-AAA.PA, por haberse desvirtuado los argumentos de la impugnante.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Contaminacion de fuentes naturales 

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

288-2022

Sumilla

Se evaluó los actuados y calificó la infracción imputada como muy grave, considerando el Principio de Razonabilidad y considerando además el Principio Precautorio, y se encuentra dentro del rango establecido.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0481-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 79513-2021.

IMPUGNANTE: Jhony Like Cieza Agreda.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Jhony Like Cieza Agreda contra la Resolución Directoral Nº 0150-2022-ANA-AAA.H, debido a que el referido acto se ha emitido conforme a derecho.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Dañar las obras de infraestructura hidraulica publica 

MARCO NORMATIVO: Literal o) del artículo 277º del reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

264-2022

Sumilla

Lo alegado por el impugnante ha sido tomado en cuenta por la autoridad para reducir el monto de la multa, pero no equivale a un hecho por el cual se deba eximir de la comisión de la infracción, conducta identificada en la inspección ocular.

Marco normativo

Literal o) del artículo 277º del reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0480-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 79353-2021.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Pacucha.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Pacucha, en consecuencia, nulas las Resoluciones Directorales N° 1122-2021-ANA-AAA.PA y N° 1262-2021-ANA-AAA.PA, por encontrarse incursas en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme con el numeral 6.6 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Efectuar vertimientos o reuso sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

311-2022

Sumilla

Se determina que la administración remitió al impugnante sin el Informe Final de Instrucción, lo cual no le permitieron ejercer su derecho de defensa.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0479-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 125957-2021

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de La Tinguiña.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto del recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de La Tinguiña contra la Resolución Administrativa N° 055-2022-ANA-AAA.CHCH-ALA.I respecto de la medida cautelar impuesta contra la impugnante, por haberse emitido la Resolución N° 0352-2022- ANA-TNRCH que declaró la conclusión y archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado mediante la Notificación N° 063-2021-ANA-AAA.CHCH-ALA.I.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador de aspectos generales 

SUB MATERIA: Medida Cautelar

MARCO NORMATIVO: Numeral 157.1 del artículo 157° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Carece de objeto

 

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

259-2022

Sumilla

No corresponde evaluar si la medida cautelar o su caducidad fueron bien declaradas; en consecuencia, carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de los argumentos invocados en el
recurso de apelación.

Marco normativo

Numeral 157.1 del artículo 157° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0478-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 36125-2022.

IMPUGNANTE: Marco Antonio Cuadros Castillo.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral Nº 420-2018-ANA/AAA I C-O, por haberse advertido las causales de nulidad previstas en los numerales 1 y 2 del artículo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo de acuerdo con el numeral 6.7 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extincion y otorgamiento de licencia de uso de agua 

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 

SENTIDO: Nulidad

 

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

309-2022

Sumilla

El impugnante acreditó la propiedad, cumpliendo con los requisitos establecidos de la solicitud de licencia de uso de agua, trasgrediendo el Principio del Debido Procedimiento.

Marco normativo

Numerales 1 y 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0477-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 171835-2021.

SOLICITANTE: JASS Sanco Molino.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 455-2021-ANA-AAA.UV, debido a que el citado acto administrativo fue emitido conforme a derecho.

MATERIA: Licencia de uso de agua 

SUB MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico

MARCO NORMATIVO: Artículo 16° Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No Haber Merito

 

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

263-2022

Sumilla

Con respecto de los medios de prueba referidos al padrón de usuarios del periodo 2015-2016 y a las actas, corresponde señalar que la evaluación de dichos instrumentos compete exclusivamente a las municipalidades, ya que estas tiene a su cargo el reconocimiento de las mencionadas prestadoras de servicio de saneamiento, por tanto, se descarta que la vulneración al Principio de Verdad Material, Impulso de Oficio o Debido Procedimiento.

Marco normativo

Artículo 16° Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes 
Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0476-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 139668-2021.

IMPUGNANTE: Melitón Satalaya Tuanama.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Melitón Satalaya Tuanama contra la Resolución Directoral Nº 188-2022-ANA-AAA.H, por haber sido presentado de manera extemporánea.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Extemporaneo

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

310 – 2022

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor