110101

R.TNRCH. Nº 0668-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 6392-2023.

IMPUGNANTE: Eduardo Ponciano Lliuya Peve, Alex Edgar Espino Navarrete  y José Cayetano Atúncar Almeyda.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Principio del debido procedimiento.

SUMILLA: Es nula la sanción por una conducta que no fue imputada en el inicio del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y retrotraer.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

004-2024

Sumilla

Es nula la sanción por una conducta que no fue imputada en el inicio del procedimiento administrativo sancionador.

Marco normativo

Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0608-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 115012-2024.

SOLICITANTE: Anibal Antonio Huarancca Junes.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del
procedimiento, por un período que supera el doble de lo establecido, sin emitir pronunciamiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.

SENTIDO: Fundada.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

627-2024

Sumilla

Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del
procedimiento, por un período que supera el doble de lo establecido, sin emitir pronunciamiento.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0306-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 3440-2023.

IMPUGNANTE: Oriele Calderón de Quijandría.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: Es improcedente la intervención de terceros cuando el procedimiento ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

477-2023

Sumilla

Es improcedente la intervención de terceros cuando el procedimiento ha concluido.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0710-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 181955-2021

IMPUGNANTE: Sol y Diversión EIRL

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Infracciones en Materias de Aguas

SUMILLA: El poseedor ejerce el control sobre el bien inmueble, por lo que, no permitir el ingreso o poner trabas a la fiscalización de la autoridad, lo constituye en autor de la infracción de impedir u obstaculizar las inspecciones.

Fecha de Resolución

Miércoles, 13 Septiembre, 2023

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0535-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 144054-2021

IMPUGNANTE: Sociedad Agrícola Drokasa S.A.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Aspectos Generales

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Julio, 2023

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0091-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 9221-2023

SOLICITANTE: Víctor Celso Muñoz Calderón

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA: Queja por Defecto de Tramitación

SUMILLA: Se declara improcedente la queja por defecto de tramitación formulada por el señor Víctor Celso Muñoz Calderón contra la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, porque no existe un procedimiento administrativo en curso.

MARCO NORMATIVO:  Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Improcedente

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Abril, 2023

N° de Expediente TNRCH

037–2023

Sumilla

La queja por defecto de tramitación presupone la existencia de un procedimiento administrativo a instancia de parte, de lo contrario, se desestima la misma.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0466-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 96921-2020.

IMPUGNANTES: Julio César Sulca Juares, Harry Eduardo Rodríguez Dávila, Jorge Daniel Pérez Hernández y la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Ica – Clase B.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación formulado por los señores Julio César Sulca Juares, Harry Eduardo Rodríguez Dávila y Jorge Daniel Pérez Hernández, contra el extremo de la Resolución Directoral N° 071-2022- ANA-AAA.CHCH que les impuso una multa de 1.0 UIT de manera solidaria, por haber sido emitida vulnerando el Principio de Tipicidad. Asimismo, se establece que carece de objeto emitir pronunciamiento sobre el recurso de apelación presentado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Ica – Clase B, contra el referido pronunciamiento, debido a que la imposición de la responsabilidad administrativa ha sido declarada nula.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Principio de tipicidad

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

216-2022

Sumilla

Se tiene que en el caso concreto la Administración no cumplió con efectuar la fase aplicativa del Principio de Tipicidad, ya que el hecho referido al haber autorizado la apertura de una cuenta de ahorros de una entidad financiera, no se subsume en la infracción contenida en el literal e) del artículo 108° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua; la transgresión del Principio de Tipicidad, pone en evidencia la vulneración de una disposición legal que compromete la determinación de responsabilidad atribuida en la resolución apelada.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0441-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 117561-2021.

IMPUGNANTE: Sociedad Agrícola Drokasa S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Sociedad Agrícola Drokasa S.A. contra la Resolución Directoral Nº 003-2022-ANA-AAA.CHCH, por haber sido emitida de acuerdo a Ley.

MATERIA: Licencia de uso de agua 

SUB MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras en Fuente Natural.

MARCO NORMATIVO: Artículo 36º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua. 

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

207 – 2022

Sumilla

A pesar de que los procedimientos se encuentran relacionados, el otorgamiento de la autorización de reúso no implica la obtención de la autorización de ejecución de obras en fuente natural de agua, pues cada procedimiento se evalúa de acuerdo con sus características, por lo tanto, no se ha ocasionado la vulneración al principio de predictibilidad o confianza legítima alegado por la administrada.

Marco normativo

Artículo 36º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0417-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 15690-2021.

IMPUGNANTE: Asociación de Pequeños Ganaderos y Agricultores Buena Vista.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Asociación de Pequeños Ganaderos y Agricultores Buena Vista contra la Resolución Directoral N° 0732-2021-ANA-AAA.CH.CH, por haberse desvirtuado los argumentos de la impugnante.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o modificar obras sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

202-2022

Sumilla

No habiendo la administrada formulado argumentos que desvirtúen la comisión del hecho infractor o presentado medios probatorios para acreditar que no incurrió en la conducta infractora por la cual ha sido sancionada.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0351-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 186864-2021.

SOLICITANTE: Rodrigo Francisco Colonia Balarezo.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 567-2017-ANA-AAA-CH.CH y la Resolución Directoral N° 1892-2017-ANA-AAA-CH.CH, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Prescripcion de facultad para declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No Haber Merito

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

155-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor