R.TNRCH. Nº 0372-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 257994-2019.

IMPUGNANTE: Martha Margarita Encalada Pariona.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Martha Margarita Encalada Pariona contra la Resolución Directoral Nº 1998-2019-ANA-AAA-CH.CH debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

MARCO NORMATIVO: numeral 4 del articulo Ill del Titulo Preliminar de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1242-2019

Sumilla

Se debe indicar que la administrada no cuenta con ninqun derecho de uso de agua del pozo, por ende, no puede invocar afectación a un derecho inexistente, en ese sentido, no se aprecia quebrantamiento del principio de seguridad jurídica.

Marco normativo

numeral 4 del articulo Ill del Titulo Preliminar de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0387-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 249982-2019.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (Jass) Centro Poblado Adán Blanco Morales - Palto.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) Centro Poblado Adán Blanco Morales - Palto contra la Resolución Directoral N° 1597-2019-ANA-AAA-CH.CH por haberse presentado de forma extemporánea.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Extemporaneo

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1217-2019

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0383-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 254611-2019.

IMPUGNANTE: Elsa Mitac de Castro.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Elsa Mitac de Castro contra la Resolución Directoral N° 1879-2019-ANA-AAA-CH.CH; y en consecuencia, revocar la referida resolución. Asimismo, se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Sustraer el agua cuyo uso ha sido otorgado a terceros

MARCO NORMATIVO: numeral 9 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1243-2019

Sumilla

Se advierte que la actuación de la impugnante, referido al hecho de impedir el ejercicio de un derercho de uso de agua, no ha sido demostrado por la Autoridad Administrativa del Agua, en tanto que, no se ha evidenciado con pruebas fechacientes la manera en que la impugnante habria impedido el uso de agua a sus respectivos beneficiarios.

Marco normativo

numeral 9 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0380-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 67446-2020.

IMPUGNANTE: Entidad Prestadora de Servicio de Saneamiento Grau S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Entidad Prestadora de Servicio de Saneamiento Grau S.A contra la Resolución Directoral N° 179-2020-ANA-AAA-JZ, por no haberse desvirtuado la comisión de las infracciones contenidas en el numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en los literales d) y o) del artículo 277° de su Reglamento.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización/ Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica

MARCO NORMATIVO: Literal a) numeral 278.3 del articulo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Agosto, 2020

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0376-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 47959-2020.

IMPUGNANTE: Eva María del Rosario Anticona Barrios.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Directoral N° 1782-2019-ANA-AAA-CAÑETE FORTALEZA, por considerar que el argumento del recurso de apelación no desvirtúa la responsabilidad administrativa de la señora Eva María del Rosario Anticona Barrios. Asimismo, se dispone reformular de oficio la calificación de la infracción como leve, correspondiéndole una multa equivalente a 2UIT.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Impedir u obstaculizar las inspecciones de la ANA

MARCO NORMATIVO: Resolución Jefatural N° 235-2018-ANA

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

226-2020

Sumilla

Este colegiado considera que debe reformularse de oficio la calificación imputada y el monto de la multa impuesta, determinandose como una infraccion leve, a la cual le corresponde una sanción de multa equivalente a 2UIT.

Marco normativo

Resolución Jefatural N° 235-2018-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0374-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 8687-2020.

SOLICITANTES: Erber Fermín Vega Chumpitaz y Felicita Suarez Castro.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

SUMILLA: Se declara improcedente la solicitud de revisión de la Resolución N° 987-2019-ANA/TNRCH presentada por los señores Erber Fermín Vega Chumpitaz y Felicita Suarez Castro, por haberse agotado la vía administrativa

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Agotamiento de via administrativa

MARCO NORMATIVO: Numeral 228.1 del articulo 228° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 22° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Improcedente 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

225-2020

Sumilla

Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas agotan la vía administrativa y todo cuestionamiento será ventilado en el Poder Judicial

Marco normativo

Numeral 228.1 del articulo 228° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 22° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0373-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 26775-2020.

IMPUGNANTE: Inversiones de Proyectos Múltiples Agropecuarios Cinco Cruces Jahuay.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Inversiones de Proyectos Múltiples Agropecuarios Cinco Cruces Jahuay contra el acto administrativo contenido en la Carta N° 627-2019-ANA-AAA-CAÑETE FORTALEZA, en consecuencia, nulo el mismo, debido a que no se evaluó ni emitió pronunciamiento sobre la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica presentada por la impugnante; asimismo, se dispone retrotraer el procedimiento administrativo, conforme con lo señalado en el numeral 6.10 de la presente resolución.

MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUB MATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica

MARCO NORMATIVO: numeral 198.2 del articulo 198° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

148-2020

Sumilla

El Tribuinal considera que  la emisión de la  carta incurre en vicios de nulidad,  debido a que no ha cumplido con evaluar y emitir pronunciamiento sobre la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica.

Marco normativo

numeral 198.2 del articulo 198° del Texto Único Ordenado de la Ley
de Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0370-2020-ANA.

Resumen

CUT N°: 43486-2020.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Tiabaya.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Tiabaya contra la Resolución Directoral  N° 135-2020-ANA/AAA.CO, debido a que su fundamento impugnatorio ha sido desvirtuado y se encuentra acreditada la comisión de la infracción.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: capitulo III del Título  IV del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

220-2020

Sumilla

Habiendose comprobado  que la impugnante no contaba con Licencia de uso de agua para la explotación del pozo, se concluye que no se ha configurado la condición eximente de responsabilidad administrativa en el caso concreto.

Marco normativo

capitulo III del Título  IV del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0369-2020-ANA.

Resumen

CUT N°: 189658-2019.

SOLICITANTE: Elfer Lezma Paz.

ÓRGANO: AAA Marañon.

SUMILLA: No haber merito para declarar la nulidad de oficio de la Resolucion Directoral N° 184-2019-ANA-AAA.M, solicitada por el señor Elfer Lezma Paz, debido a que el referido acto administrativo no incurre en vicio que conlleve a su nulidad e inicie la revision de oficio de la Resolucion N° 793-2019-ANA-AAA.M.

MATERIA: Acreditacion de disponibilidad hidrica y autorizacion de ejecucion de obras.

SUB MATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica y Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico

MARCO NORMATIVO: articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1074-2019

Sumilla

El impugnante no ha demostrado técnicamente afectación respectos de los hechos expuestos en su solicitud de nulidad, que lleven a este colegiado a determinar que se ha configrado alguna causal de nulidad, teniendo en cuenta que la acreditación de disponibilidad hídrica, no autoriza la ejecución de obras ni la utilización del recurso hídrico.

Marco normativo

articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0347-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 238072-2019.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial de Huaraz.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolucion Directoral N° 113-2019-ANA/AAA-H.CH por haberse vulnerado el principio de tipicidad; disponiendose el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

MARCO NORMATIVO: articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley
de Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de Oficio

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1234-2019

Sumilla

Se advierte que la Municipalidad no ha cumplido con su deber de cuidado respecto del botadero de residuos solidos , como responsables de la administracion de dicha infraestructura de disposicion final , en tanto no ha evitado que los lixiviados  provenientes del pozo del referido botadero lleguen hasta la quebrada, pudiendo de esta forma ocasionar una afectacion a este cuerpo de agua, asi como las aguas subterraneas por efecto de la infiltracion. 

Marco normativo

articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley
de Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor