R.TNRCH. Nº0732-2019-ANA
Resumen
CUT N°:15154-2012.
SOLICITANTE: ALA Chancay - Lambayeque.
ÓRGANO: ALA Chancay - Lambayeque.
MATERIA: Retribución Económica.
SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio
SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°041-2011-ANA-ALACH-L solicitada por la administración Local del Agua Chancay-Lambayeque, por haber prescrito la facultad de este tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.
MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° y artículo 207° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)
SENTIDO: NO HABER MERITO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La nulidad de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de 1 año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la denuncia ha sido posterior a dicho plazo
Marco normativo
Numeral 202.3 del artículo 202° y artículo 207° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)