R.TNRCH. Nº 1070-2025-ANA

Resumen

CUT: 116875-2025.

IMPUGNANTE: Karen Fiorella Sullón Timaná.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: Cuando se trata de tierras comunales, la cesión de posesión requiere la anuencia de la Comunidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 7 del artículo 754° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, y artículo 11° Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativa, Ley N° 26505.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 21 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

576-2025

Sumilla

Cuando se trata de tierras comunales, la cesión de posesión requiere la anuencia de la Comunidad

Marco normativo

Numeral 7 del artículo 754° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, y artículo 11° Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativa, Ley N° 26505.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1069-2025-ANA

Resumen

CUT: 162137-2025.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Provincial de Carhuaz.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Realizar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: El uso de una infraestructura para realizar el vertimiento de aguas residuales acredita un acto intencional.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9° del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y literal d) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave - 4 UIT.

Fecha de Resolución

Martes, 21 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

841-2025

Sumilla

El uso de una infraestructura para realizar el vertimiento de aguas residuales acredita un acto intencional.

Marco normativo

Numeral 9° del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y literal d) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1068-2025-ANA

Resumen

CUT: 169019-2025.

IMPUGNANTE: Julia Tuco Chambi Lorenza Tuco Chambi.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Impedir las inspecciones de la Autoridad Nacional del Agua.

SUMILLA: Cuando se impide la actividad de inspección, aunque no se trate de fiscalización, se configura la infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 7 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal l) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Amonestación escrita– Leve.

Fecha de Resolución

Martes, 21 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

873-2025

Sumilla

Cuando se impide la actividad de inspección, aunque no se trate de fiscalización, se configura la infracción sancionable.

Marco normativo

Numeral 7 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal l) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1067-2025-ANA

Resumen

CUT: 70552-2025.

IMPUGNANTE: FIME – Construcciones y Servicios S.A.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – recursos hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reúso sin autorización.

SUMILLA: Negar la existencia de la infracción no es compatible con el reconocimiento de la responsabilidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal d del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: Grave – 4.9 UIT.

Fecha de Resolución

Martes, 21 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

355-2025

Sumilla

Negar la existencia de la infracción no es compatible con el reconocimiento de la responsabilidad.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal d del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1066-2025-ANA

Resumen

CUT: 130002-2025.

IMPUGNANTE: Flor de María Chunga Coveñas.

ÓRGANO: ALA Medio y Bajo Piura.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: No procede la extinción y otorgamiento de la licencia de uso de agua cuando la transferencia de la propiedad, no ha sido otorgada por todos los titulares del predio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 21 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

665-2025

Sumilla

No procede la extinción y otorgamiento de la licencia de uso de agua cuando la transferencia de la propiedad, no ha sido otorgada por todos los titulares del predio.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1065-2025-ANA

Resumen

CUT: 199142-2025.

IMPUGNANTE: Melchor Agustín Vera Pacheco.

ÓRGANO: AAA Caplina – Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Las fuentes naturales de agua no requieren de un acto administrativo para determinar su existencia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: Leve – 1 UIT.

Fecha de Resolución

Martes, 21 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1069-2025

Sumilla

Las fuentes naturales de agua no requieren de un acto administrativo para determinar su existencia.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1064-2025-ANA

Resumen

CUT: 186375-2025.

IMPUGNANTE: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: -Usar el agua sin derecho.

SUMILLA: El agravio no es válido cuando en la resolución de sanción se ha considerado la circunstancia atenuante.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: Leve 1 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

990-2025

Sumilla

El agravio no es válido cuando en la resolución de sanción se ha considerado la circunstancia atenuante

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1063-2025-ANA

Resumen

CUT: 193154-2025.

IMPUGNANTE: Asociación de Pobladores y Servicios Playa Rímac - Callao.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Falta de pago de retribuciones o tarifas por el uso de agua.

SUMILLA: La falta de pago de la retribución económica constituye una infracción sancionable, sin perjuicio del inicio de un procedimiento de revocación del derecho de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Literal j) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1026-2025

Sumilla

La falta de pago de la retribución económica constituye una infracción sancionable, sin perjuicio del inicio de un procedimiento de revocación del derecho de uso de agua.

Marco normativo

Literal j) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1062-2025-ANA

Resumen

CUT: 161955-2025.

IMPUGNANTE: Inversiones Inmobiliarias Tarapoto S.A.C.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reúso sin autorización.

SUMILLA: La infracción por efectuar vertimientos de aguas residuales, tratadas o sin tratar, se configura por no contar con una autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal d) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: Grave – 2.1 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

845-2025

Sumilla

La infracción por efectuar vertimientos de aguas residuales, tratadas o sin tratar, se configura por no contar con una autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal d) del artículo 277º de su reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1037-2025-ANA

Resumen

CUT: 108182-2025.

IMPUGNANTE: Asociación Agropecuaria Tucat y Colbot.

ÓRGANO: ALA Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Notificaciones.

SUMILLA: Es nula la resolución que deniega la solicitud del administrado si no se le notificaron debidamente las observaciones realizadas en el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Inciso 1.2 del numeral 1 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento. Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

568-2025

Sumilla

Es nula la resolución que deniega la solicitud del administrado si no se le notificaron debidamente las observaciones realizadas en el procedimiento.

Marco normativo

Inciso 1.2 del numeral 1 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento. Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor