R.TNRCH. Nº 0218-2024-ANA
Resumen
CUT N°: 62092-2023.
IMPUGNANTE: Rubén Américo Yachapa Condeña.
ORGANO: AAA Mantaro.
MATERIA: Procedimiento administrativo general.
SUMILLA: El recurso de apelación es improcedente por extemporáneo cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.
MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Improcedente.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
El recurso de apelación es improcedente por extemporáneo cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.
Marco normativo
Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.