R.TNRCH. Nº 1243-2019-ANA

Resumen

CUT N°:194394-2019.

IMPUGNANTE: Pesquera Diamante S.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización y Construir o modificar obras sin autorización 

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Pesquera Diamante S.A. contra la Resolución Directoral N°1031-2019-ANA-AAA.H.CH, porque se acreditó la perforación de un pozo sin autorización y el uso de agua sin derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Literale a) y b) del artículo 277° de su Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 30 Octubre, 2019

N° de Expediente TNRCH

975-2019

Sumilla

Haber perforado un pozo y utilizar el agua subterránea de dicho pozo, sin el derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, costituyen infracciones a la Ley de Recursos Hídricos 

Marco normativo

Literale a) y b) del artículo 277° de su Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1233-2019-ANA

Resumen

CUT N°:133283-2019.

IMPUGNANTE: Agricola Los Médanos S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización y Construir o modificar obras sin autorización 

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Agrícola Los Médanos S.A. contra la Carta N°483-2019-ANA-AAA-CH.CH, por haberse desestimado los argumentos del recurso impugnatorio.

MARCO NORMATIVO: Literale a) y b) del artículo 277° de su Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Octubre, 2019

N° de Expediente TNRCH

694-2019

Sumilla

Usar el agua y construir obras hidráulicas sin contar con un derecho o autorización de la Autoridad Nacional del Agua, constituyen infracciones a la Ley de Recursos Hídricos 

Marco normativo

Literale a) y b) del artículo 277° de su Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1217-2019-ANA

Resumen

CUT N°: 160132-2019.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios el Canal de Riego Azufre-Ahijadero.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Usuarios el Canal de Riego Azufre Ahijadero, contra la Resolución Directoral N°523-2019-ANA-AAA.M, por falta de legitimidad para obrar.

MARCO NORMATIVO: Artículo 62º, numeral 1 del artículo 255° y artículo 217 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 23 Octubre, 2019

N° de Expediente TNRCH

903-2019

Sumilla

Los terceros no son sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que carecen de legitimidad para interponer recursos impugnatorios

Marco normativo

Artículo 62º, numeral 1 del artículo 255° y artículo 217 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1444-2019-ANA

Resumen

CUT N°:191793-2019.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Tabaconas.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Tabaconas contra la Resolución Directoral N°660-2019-ANA-AAA.M, debido a que el referido acto administrativo se ha emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Numeral  9 del articulo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del articulo 277 del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1013-2019

Sumilla

Los vertimientos que se originaron por la mala ejecución de un proyecto en la gestión anterior no eximen de responsabilidad, ya que debió gestionar previamente la autorización de vertimiento.

Marco normativo

Numeral  9 del articulo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del articulo 277 del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1437-2019-ANA

Resumen

CUT N°:223858-2019.

SOLICITANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Caserío Pampas de Capan.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA:  Formalización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución Directoral N°4189-2015-ANA-AAA JZ-V, solicitada por la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Caserío Pampas de Capan, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MÉRITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1141-2019

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre el plazo de dos años desde que el acto quedó consentido. En el presente caso, la denuncia se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1434-2019-ANA

Resumen

CUT N°:52913-2018.

IMPUGNANTE: Asociación de Forestación para el Desarrollo Ambiental y su Conservación del Proyecto Especial Majes Siguas.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto la Asociación de Forestación para el Desarrollo Ambiental y su Conservación del Proyecto Especial Majes Siguas contra la Resolución Directoral N°1074-2019-ANA/AAA.CO, debido a que no acreditó la titularidad o posesión legítima del predio, así como el uso del agua conforme se exige en el Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI.

MARCO NORMATIVO: Artículos 3°, 4° y 6 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI, artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución Jefatural N°177-2015-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1084-2019

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere la acreditación del uso del uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública hasta el 31.12.2014.

Marco normativo

Artículos 3°, 4° y 6 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI, artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución Jefatural N°177-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1433-2019-ANA

Resumen

CUT N°:159031-2015.

SOLICITANTE: AAA Chaparra - Chincha.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio del acto administrativo contenido en la Constancia Temporal N° 0583-2016-ANA-AAA-CH.CH solicitada por la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra- Chincha, por haber presento la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MÉRITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

203-2019

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre el plazo de dos años desde que el acto quedó consentido. En el presente caso, la denuncia se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1418-2019-ANA

Resumen

CUT N°:157031-2019.

IMPUGNANTE: EPSS Aguas de Lima Norte S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la EPSS Aguas de Lima Norte S.A- contra la Resolución Directoral N°897-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que dicho acto administrativo se ha emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal a) del artículo 277° del Reglamento de la citada Ley

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

811-2019

Sumilla

Utilizar el agua sin el derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua configura infracción en materia de recursos hídricos

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal a) del artículo 277° del Reglamento de la citada Ley

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1412-2019-ANA

Resumen

CUT N°:228520-2019.

SOLICITANTE:  Hugo Rodolfo Salvador Ríos.

ÓRGANO: ALA Huaraz.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: No haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N°085-2019-ANA-AAA-HCH-ALA-HUARAZ, debido a que no se ha configurado ninguna de las causales de nulidad previstas en el artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213°.1 del Artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; articulo 2 del Decreto Supremo Nº022-2016-MINAGRI

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1117-2019

Sumilla

Se cumplió con los requisitos para la solicitud de acreditación de la disponibilidad hídrica en diversos manantiales para un proyecto de agua potable y saneamiento.

Marco normativo

Numeral 213°.1 del Artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; articulo 2 del Decreto Supremo Nº 022-2016-MINAGRI

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1405-2019-ANA

Resumen

CUT N°:179139-2019.

IMPUGNANTE:  José Luis Zuazo Pacheco.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor José Luis Zuazo Pacheco contra la Resolución Directoral N°1147-2019-ANA-AAA-CH.CH del 21.08.2019 que declaró improcedente su recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral N°907-2019-ANA-AAA-CH.CH, porque se han desestimado los argumentos del recurso impugnatorio.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277° de su Reglamento

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

919-2019

Sumilla

Es infracción el utilizar el agua del pozo sin derecho de agua y explotarlo para uso agrario.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277° de su Reglamento

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor