R.TNRCH. Nº 0880-2019-ANA

Resumen

CUT N°:87542-2019.

IMPUGNANTE: Rosalio Simón Mayo.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización la licencia de uso de agua

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Rosalio Simón Mayo, en aplicación del precedente de observancia obligatoria dispuesto en la Resolución N°451-2017-ANA/TNRCH, mediante el cual se establecieron criterios de aplicación a los procedimientos desarrollados bajo competencia de la Autoridad Nacional del Agua, en lo que respecta a la intervención de terceros.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

490-2019

Sumilla

El procedimiento administrativo concluido no permite la intervención de terceros

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0879-2019-ANA

Resumen

CUT N°:95147-2018.

SOLICITANTE: Junta de Usuarios Chili No Regulada.

ÓRGANO: ALA Chili.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA: Queja por Defecto de Tramitación.

SUMILLA: Se declara improcedente la queja presentada por la Junta de Usuarios Chili No Regulada contra la Administración Local de Agua Chili. porque el motivo señalado no constituye un supuesto de queja por defectos de tramitación.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del articulo 169° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo Genera

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

584-2019

Sumilla

El no pronunciamiento sobre los descargos presentado durante el procedimiento administrativo sancionador, no constituye alguno de los motivos señalados por los cuales se puede presentar una queja por defectos de tramitación. Debiendo tomarse en cuenta que se se encuentra en trámite el procedimiento administrativo sancionador.

Marco normativo

numeral 1 del articulo 169° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0877-2019-ANA

Resumen

CUT N°:49828-2019.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua de Irurupa.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Usuarios de Agua de Irurupa contra la Resolución Directoral N°272-2019-ANA-AAA-CH.CH. por haberse desvirtuado los argumentos del apelante.

MARCO NORMATIVO: Artículo 6 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGR

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

328-2019

Sumilla

Se ha desvirtuado los argumentos de la apelación, las coordenadas UTM del predio corroborada con verificación de campo dentro de procedimiento administrativo y no se ha demostrado el perjuicio causado por el acto administrativo

Marco normativo

Artículo 6 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0874-2019-ANA

Resumen

CUT N°:87829-2019.

IMPUGNANTE: Gobierno Regional Cuzco.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el Gobierno Regional Cusco contra la Resolución Directoral N°201-2019-ANA-AAA.UV. por haberse desvirtuado el argumento del impugnante y encontrarse acreditada la comisión de la infracción tipificada en el numeral 3 del articulo 10° de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal b} del artículo 277° de su Reglamento.

MARCO NORMATIVO: literal b del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

504-2019

Sumilla

Se encuentra acreditado que la apelante ejecutó la construcción de la obra "Construcción del Puente Carrozable Huaraypata en el Distrito de Quiquijana - Quispicanchi - Cusco" sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua

Marco normativo

literal b del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0867-2019-ANA

Resumen

CUT N°:164211-2018.

IMPUGNANTE: Sociedad Exportadora Verfrut S.A.C.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Sociedad Exportadora Verfrut S.A. C. contra la denegatoria ficta del pedido de Permiso de Uso de Agua, debido a que se han desvirtuado los argumentos de la impugnante.

MARCO NORMATIVO: articulo 32° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

453-2019

Sumilla

El apelante no cumplió con el requisito relacionado a la acreditación de la propiedad o posesión legitima del predio en el cual se usará el recurso hidrico solicitado asi como con demostrar que el predio cuente con las obras autorizadas para el uso eventual del recurso

Marco normativo

articulo 32° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0861-2019-ANA

Resumen

CUT N°:32626-2019.

IMPUGNANTE: Giovanni Kelly Jiménez Roque.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Delimitación de la faja marginal

SUBMATERIA: Autorización de Uso de Agua de Faja Marginal.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Giovanni Kelly Jiménez Roque y en consecuencia nula la Resolución Directoral N°073-2019-ANA-AAA X MANTARO, porque la citada resolución carece de una motivación adecuada, debido a que se desestima el pedido de la recurrente amparándose en un fundamento incorrecto y se dispone la reposición del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar, numeral 4 del artículo 3° y numeral 6.1 del articulo 6° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 118° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

193-2019

Sumilla

Es nulo el referido acto administrativo por haberse advertido una motivación insuficiente. El articulo 118° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos no limita la reforestación de la faja marginal de acuerdo a la amplitud del proyecto, dado que establece que la Autoridad Administrativa del Agua en coordinación con el Ministerio de Agricultura y Riego, gobiernos regionales, gobiernos locales y organizaciones de usuarios de agua promoverá el desarrollo de forestación en las fajas marginales siempre y cuando se realice con fines de protección y de defensa ribereña.

Marco normativo

numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar, numeral 4 del artículo 3° y numeral 6.1 del articulo 6° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 118° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0855-2019-ANA

Resumen

CUT N°:94647-2019.

IMPUGNANTE: César Emiliano Fernández Sánchez, Tania Paola Fernández Älvarez.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declaran infundados los recursos de apelación interpuestos respectivamente por el señor César Emiliano Fernández Sánchez y la señora Tania Paola Fernández Álvarez contra la Resolución Directoral N°512-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, porque se acreditó el uso de agua sin derecho.

MARCO NORMATIVO: literal a del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

579-2019

Sumilla

Se acreditó la responsabilidad de los apelantes en tanto que el citado medio probatorio no describe subdivisiones o independizaciones con ubicación y delimitación de linderos que diferencien al predio transferido, por lo que no se demuestra que el uso de agua sin derecho constatado se realizaba en un predio distinto al predio de los impugnantes.

Marco normativo

literal a del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0847-2019-ANA

Resumen

CUT N°:86022-2019.

IMPUGNANTE: Agroindustrial Estanislao del Chimú S.A.C.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Agroindustrial Estanislao del Chimú S.A.C. contra la Resolución Directoral N°861-2019-ANA-AAA.JZ-V. porgue se acreditó el uso de agua sin derecho.

MARCO NORMATIVO: Artículo 44 de la Ley de Recursos Hídricos y literal a del artículo 277 de su Reglamento

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

552-2019

Sumilla

El uso de agua subterránea no destinados a la agricultura sino al uso doméstico; de ninguna forma constituyen aspectos que justifiquen la sustracción de la impugnante del ordenamiento jurídico vigente, como es la obligación de contar con un derecho de uso de agua.

Marco normativo

Artículo 44 de la Ley de Recursos Hídricos y literal a del artículo 277 de su Reglamento

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0845-2019-ANA

Resumen

CUT N°:45060-2019.

IMPUGNANTE: Lucio Teodoro Chávez Viza.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Otorgamiento de licencia o permiso de uso de aguas

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Lucio Teodoro Chávez Viza contra la Resolución Directoral N°2571-2016-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que la solicitud de licencia de uso de agua no cumple con los requisitos previstos en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento.

MARCO NORMATIVO: numeral 79.1 del articulo 79 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por el Decreto Supremo 001.2010-AG

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

452-2019

Sumilla

El impugnante no acredita haber cumplido las condiciones legales para poder acceder al derecho de uso de agua solicitado

Marco normativo

numeral 79.1 del articulo 79 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por el Decreto Supremo 001.2010-AG

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0838-2019-ANA

Resumen

CUT N°:105908-2019.

IMPUGNANTE: Cooperativa Agraria de Usuarios "Señor de Luren" 243 Ltda.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Cooperativa Agraria de Usuarios "Señor de Luren' 243 Ltda. contra la Resolución Directoral N°599-2019-ANA-AAA-CH. CH. por haberse acreditado el uso de agua con mayor caudal que el otorgado.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del articulo 120" de la Ley de Recursos Hídricos y el literal i) del articulo 277" de su Reglamento

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

557-2019

Sumilla

Se acredita la infracción cuando se se ha uso de agua en mayor caudal que el otorgado y que este hecho se ejecutó en una zona declarada en veda por problemas de sobreexplotación

Marco normativo

numeral 2 del articulo 120" de la Ley de Recursos Hídricos y el literal i) del articulo 277" de su Reglamento

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor