R.TNRCH. Nº 0104-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 95757-2020.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Matahuasi.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Matahuasi contra la Resolución Directoral Nº 130-2020-ANA-AAA X MANTARO, debido a que sus fundamentos impugnatorios han sido desvirtuados y se encuentra acreditada la comisión de la infracción establecida en el numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal d del artículo 277º de su reglamento. 

MARCO NORMATIVO: Articulo 79° de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

363-2020

Sumilla

La impugnante no logro demostrar su condición de titular de una autorización de vertimiento que le permita efectuar descargas de aguas residuales proveniente de la planta de tratamiento, asimismo, ello no desvirtuar el hecho constatado en la inspección ocular.

Marco normativo

Articulo 79° de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0121-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 19858-2020

ÓRGANO: ALA Mala - Omas - Cañete

MATERIA: Revisión de Oficio

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa Nº 281-2019-ANA-AAA.CF-ALA.MOC por haber incurrido en la causal prevista en el numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y emitiendo pronunciamiento sobre el fondo del asunto, se desestima la solicitud formulada por la señora Jessica Pilar Callupe Navarrete, por no cumplirse con el requisito establecido en el numeral 23.1 del articulo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, referido a la acreditación de la transferencia de la titularidad del predio

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

271-2020

Sumilla

Se determina que en la resolución apelada emitió un acto administrativo sobre un contenido jurídicamente imposible, pues en el momento que extinguió el derecho de uso de agua otorgado mediante la resolución la misma ya habia sido declarada nula y por ende no existía dentro del marco jurídico legal.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0102-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 156404-2020.

IMPUGNANTE: Roberto Leónidas Palomino Hurtado.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador. 

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por el señor Roberto Leónidas Palomino Hurtado contra la Resolución Directoral N° 451-2020-ANA-AAA-CH.CH y en consecuencia nula dicha resolución por haber incurrido en las causales de nulidad contenida en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y se ordena retrotraer el procedimiento. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° y numeral 5 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

476-2020

Sumilla

El impugnante presento sus descargos dentro del plazo, evidenciando una vulneración al principio del debido procedimiento, impidiendo el ejercicio de su derecho de defensa.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° y numeral 5 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0112-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 134016-2020.

IMPUGNANTES: Mariela Ivonne Cortijo Gema y Leopoldo Eduardo Rodríguez Querzola.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA: Denuncia Administrativa.

SUMILLA:  Se declara improcedente el recurso de apelación presentado por los señores Mariela Ivonne Cortijo Gema y Leopoldo Eduardo Rodríguez Querzola contra la Resolución Administrativa N° 322-2020-ANA-AAA.JZ-ALA.CHL, por encontrarse dirigido a cuestionar un acto administrativo inimpugnable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del articulo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

422-2020

Sumilla

Los impugnantes no tiene por objeto cuestionar una declaración de la administración que ponga fin a un procedimiento, o con la que se esté violando, desconociendo o lesionando algún derecho, sino que se busca cuestionar la disposición referida a que la Administración Local de Agua Chancay Lambayeque realice las acciones correspondientes e inicie un procedimiento administrativo sancionador en su contra.

Marco normativo

Numeral 217.2 del articulo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0111-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 173801-2020.

IMPUGNANTE: Agrícola Sol de Villacuri S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA:  Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Agrícola Sol de Villacurí S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 616-2020-ANA-AAA-CH.CH, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal b) del artículo 277° de su Reglamento. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

551-2020

Sumilla

Por haberse demostrado la causalidad (nexo causal) entre el hecho infractor (conducta constitutiva de infracción) y el infractor, correspondia que la administración imponga al impugnante una sanción administrativa en atención al principio de razonabilidad y del desarrollo de los criterios previstos en la ley, razón por la cual, al encontrarse debidamente motivada la resolución apelada, carece de sustento lo alegado por el impugnante.

Marco normativo

Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0099-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 16879-2020.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Huaura.

ÓRGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Modificación de permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Modificación de permiso de uso de agua.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Huaura contra la Resolución Administrativa Nº 108-2019-ANA-AAA.CF-ALA.H, en consecuencia, nulo el referido acto debido a que fue emitida sin una debida motivación de las resoluciones, disponiéndose la reposición del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° y numeral 5 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

269-2020

Sumilla

El Tribunal determina que la resolución apelada, se basaron en circunstancias que no son reales, por lo cual, se evidencia una indebida motivación y por ende la transgresión del Principio del Debido Procedimiento, incurriendo a la causal de nulidad.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° y numeral 5 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0098-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 91857-2020.

IMPUGNANTE: Industria de Grasas y Aceites S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUBMATERIA: Modificación de Licencia de Uso de Agua. 

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Industria de Grasas y Aceites S.A. contra la Resolución Directoral Nº 453-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, en consecuencia, nulo el referido acto debido a que fue emitida sin una debida motivación de las resoluciones, y resolviendo sobre el fondo del asunto, se dispone que la Autoridad Administrativa del Agua Cañete - Fortaleza, otorgue la modificación de licencia de uso de agua residual solicitada en el 24.01.2019.

MARCO NORMATIVO: Numeral 227.2 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

325-2020

Sumilla

Se resuelve otorgar la modificación, debido se evidencia que la autoridad competente ha concluido que la actividad que contempla el incremento del consumo del agua, se encuentra evaluada en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), por lo cual se concluye que, el impugnante ha cumplido con presentar el instrumento de gestión ambiental que sustenta el incremento de volumen y la existencia de disponibilidad hidrica.

Marco normativo

numeral 227.2 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0109-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 27879-2020.

IMPUGNANTES: Manuela Gerardina Torres Rojas, Julio Brando Silva Torres, Víctor Maradona Silva Torres, Iván Jorge Silva Torres y Edith Natividad Silva Torres.

ÓRGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUBMATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por los señores Manuela Gerardina Torres Rojas, Julio Brando Silva Torres, Víctor Maradona Silva Torres, Iván Jorge Silva Torres y Edith Natividad Silva Torres contra el acto administrativo contenido en la Carta N° 120-2019-ANA-AAA.CF-ALA.H, por no haber cumplido los recurrentes con acreditar la transferencia de la propiedad de los predios objeto de la licencia de uso de agua, conforme lo exige el artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

MARCO NORMATIVO: Artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

498-2020

Sumilla

Los impugnantes han interpuesto una demanda de prescripción adquisitiva de dominio, la cual, revisado el sistema de consulta de expedientes judiciales, se encuentra en trámite no existiendo un pronunciamiento judicial firme a favor que los declare propietarios.

Marco normativo

Artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0108-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 39053-2020.

IMPUGNANTE: Artemio Chozo Montalvo.

ÓRGANO: TNRCH.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Artemio Chozo Montalvo contra la Resolución N°028-2020-ANA-TNRCH por haberse emitido conforme a derecho.

MARCO NORMATIVO: Artículo 223° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

467-2020

Sumilla

El impugnante en sus argumentos no cumplió con acreditar la transferencia de la titularidad del predio, por otro lado, fue debidamente notificado, comunicándole el inició de la revisión de oficio; asimismo no se cuestiona el extremo del fondo del asunto que resolvió el superior jerárquico, la resolución emitida por este Tribunal no es susceptible de análisis por parte de este Colegiado.

Marco normativo

Artículo 223° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0054-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 56260-2020.

IMPUGNANTE: Luis Alberto Sologuren.

ÓRGANO: ALA Caplina - Locumba.

MATERIA:  Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N° 085-2020-ANA-AAA. CO-ALA. CL. por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; y se ordena retrotraer el procedimiento para que la Autoridad Administrativa del Agua Caplina-Ocoña emita pronunciamiento respecto al recurso de reconsideración interpuesto por el señor Luis Alberto Sologuren contra la Resolución Administrativa N° 052-2010-ALA-LOCUMBA-SAMA.

MARCO NORMATIVO: Resolución Jefatural N° 254-2010-ANA.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

414-2020

Sumilla

El recurso de reconsideración interpuesto por el impugnante contra la resolución apelada, no debió ser resuelto por la Autoridad Local, en tanto dicho órgano perdió competencia como primera instancia, siendo de competencia que lo evalúe la Administración.

Marco normativo

Resolución Jefatural N° 254-2010-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor