R.TNRCH. Nº 1159-2025-ANA

Resumen

CUT: 80814-2025.

IMPUGNANTE: Teodulfo Andrade Saldívar.

ÓRGANO: AAA Pampas-Apurímac.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: El error del administrado en la propuesta del caudal ecológico no impide que la autoridad realice el balance hídrico para determinar si existe disponibilidad.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N°29338, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y artículo 12° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA y Resolución Jefatural N° 267-2019-ANA.

SENTIDO: Fundado, nulo y reposición.

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

672-2025

Sumilla

El error del administrado en la propuesta del caudal ecológico no impide que la autoridad realice el balance hídrico para determinar si existe disponibilidad

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N°29338, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y artículo 12° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA y Resolución Jefatural N° 267-2019-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1158-2025-ANA

Resumen

CUT: 192100-2025.

IMPUGNANTE: Milton Daniel López Ayala.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Notificaciones.

SUMILLA: La notificación de observaciones de la acreditación de la disponibilidad hídrica es válida cuando se confirma la recepción vía correo electrónico.

MARCO NORMATIVO: Numeral 20.1 y 20.4 del artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1021-2025

Sumilla

La notificación de observaciones de la acreditación de la disponibilidad hídrica es válida cuando se confirma la recepción vía correo electrónico.

Marco normativo

Numeral 20.1 y 20.4 del artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1157-2025-ANA

Resumen

CUT: 1099-2023.

IMPUGNANTE: Agrícola Sol de Villacurí S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Construir o modificar obras sin autorización - Impedir u obstaculizar las inspecciones de la ANA.

SUMILLA: Constituye infracción sancionable la ejecución de nuevos trabajos en el mismo pozo que fue objeto de una sanción anterior, por tratarse de dos conductas distintas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º, numeral 11 del artículo 248° y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 3 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Caducidad de oficio e infundado.

SANCIÓN: 20 UIT Muy Grave.

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

755-2024

Sumilla

Constituye infracción sancionable la ejecución de nuevos trabajos en el mismo pozo que fue objeto de una sanción anterior, por tratarse de dos conductas distintas.

Marco normativo

 

Numeral 145.3 del artículo 145º, numeral 11 del artículo 248° y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 3 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

 

 

 

 

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1156-2025-ANA

Resumen

CUT: 82429-2025.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento – JASS San Martín de Porras

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: Es improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando no se subsanan las observaciones técnicas formuladas por la autoridad en el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.y literal a) del artículo 4° del Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

411-2025

Sumilla

Es improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando no se subsanan las observaciones técnicas formuladas por la autoridad en el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1155-2025-ANA

Resumen

CUT: 198078-2024

SOLICITANTE: Agustina Ypanaque Yerren.

ÓRGANO: ALA Chancay - Lambayeque.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Conclusión de procedimiento.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

295-2025

Sumilla

Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1154-2025-ANA

Resumen

CUT: 187828-2024.

ADMINISTRADA: Comité de Usuarios de Agua Iniquilla.

ÓRGANO: ALA Ramis.

MATERIA: Organizaciones de Usuarios de Agua.

SUBMATERIA: Reconocimiento de Consejo Directivo.

SUMILLA: La Autoridad Nacional del Agua realiza la verificación formal de los documentos de la Organización de Usuarios de Agua para fines de reconocimiento de sus acuerdos, pero en ningún caso evalúa la legalidad intrínseca o sustancial de los acuerdos de asamblea general.

MARCO NORMATIVO: Artículo 2° de la Ley N° 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, artículo 62° y numeral 65.4 del artículo 65° del Reglamento de referida la Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005- 2015-MINAGRI y Segunda Disposición Complementaria Final del Anexo N° 01 de las disposiciones aprobadas mediante la Resolución Jefatural N° 068-2021-ANA

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1183-2024

Administrado

Comité de Usuarios de Agua Iniquilla

Sumilla

La Autoridad Nacional del Agua realiza la verificación formal de los documentos de la Organización de Usuarios de Agua para fines de reconocimiento de sus acuerdos, pero en ningún caso evalúa la legalidad intrínseca o sustancial de los acuerdos de asamblea general.

Marco normativo

La Autoridad Nacional del Agua realiza la verificación formal de los documentos de la Organización de Usuarios de Agua para fines de reconocimiento de sus acuerdos, pero en ningún caso evalúa la legalidad intrínseca o sustancial de los acuerdos de asamblea general.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1153-2025-ANA

Resumen

CUT: 171775-2025.

IMPUGNANTE: Productos, Servicios e Ingeniería S.R.L. - PROSERING S.R.L.

ÓRGANO: ALA Chili.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Formalización de Uso de Agua.

SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua al 31.12.2014.

MARCO NORMATIVO: Artículo 1° y literal a) del artículo 4° del Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

685-2025

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua al 31.12.2014.

Marco normativo

Artículo 1° y literal a) del artículo 4° del Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1152-2025-ANA

Resumen

CUT: 90080-2024

IMPUGNANTE: Consorcio Bellavista.

ÓRGANO: ALA Iquitos.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Debido Procedimiento.

SUMILLA: El consorcio no puede ser considerado como un sujeto para los efectos del cumplimiento de las disposiciones del derecho administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numerales 2 y 8 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reponer.

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

226-2025

Sumilla

El consorcio no puede ser considerado como un sujeto para los efectos del cumplimiento de las disposiciones del derecho administrativo.

Marco normativo

Numerales 2 y 8 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1151-2025-ANA

Resumen

CUT: 80705-2025.

IMPUGNANTE: Alan Naira Vargas

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La ejecución de obras de aprovechamiento hídrico subterráneo sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua constituye infracción en materia de recursos hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave - 2.1 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

414-2025

Sumilla

La ejecución de obras de aprovechamiento hídrico subterráneo sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua constituye infracción en materia de recursos hídricos.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1150-2025-ANA

Resumen

CUT: 123578-2025

IMPUGNANTE: International Donkey Company S.A.C.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimiento sin autorización.

SUMILLA: La infracción por efectuar vertimiento de aguas residuales, se configura por el solo hecho de no contar con una autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º la Ley de Recursos Hídricos y literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Muy Grave – 10 UIT (Reformulado)

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

642-2025

Sumilla

La infracción por efectuar vertimiento de aguas residuales, se configura por el solo hecho de no contar con una autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º la Ley de Recursos Hídricos y literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas