SANCIONAR, a la Asociación de Vivienda “Residentes Llampa de Quiquijana”, debidamente representado por el señor Benedicto Ccoa Condori en calidad de Presidente, con una multa equivalente a UNO PUNTO CERO (1.00)) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir lo establecido en la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338, artículo 120° numeral 1, concordado con el literal “a” del artículo 277° del Reglamento de la Ley. Asimismo, en el numeral 3 del artículo 120º de la norma antes señalada. Sanción pecuniaria que deberá será cancelado en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Cusco, dentro del tercer día de efectuado el mismo.