R.D. Nro. 487-2017-ANA-AAA.TIT
Resumen
IMPONER, al señor Pastor Nina Chávez, identificado con DNI. N°01873454, con domicilio en el predio “Coypani Conduriri”, ubicado en la parcialidad de Huanacamaya, distrito de Santa Rosa – Mazocruz, provincia de El Collao, una sanción administrativa de trabajo comunitario, conforme lo establece el artículo 279.4° del D.S. N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, que consiste en la limpieza del canal rústico en una longitud de 500 metros lineales, de sección variable y con capacidad de conducción menor a 5 l/s con punto de inicio en la captación ubicada en la coordenadas UTM WGS 84 zona 19 sur (413538-E, 8165805-N) finalizando en coordenadas UTM WGS 84 zona 19 sur (413788-E, 8166173-N), equivalente a jornada laboral de 05 días de trabajo; cuyo cumplimiento deber ser supervisado por la Administración Local de Agua Ilave, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua