Autoridad Administrativa del Agua de Titicaca

R.D. Nro. 585-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la empresa CONSORCIO DE INGENIEROS EJECUTORES MINEROS S.A., con RUC N° 20101250572, con domicilio en la Calle el Sauce Nro. 195 – Urb. El Sauce de la Rinconada, Distrito de la Molina, Provincia y Región de Lima, representado por su Gerente General, el señor Armando Cáceres Masías, una sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a VEINTIDOS (22) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, tipificado en el artículo 120° numeral 9) realizar vertimiento sin autorización; en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 277º literal d) Efectuar vertimiento de aguas residuales en cuerpo de agua, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Juliaca, dentro del tercer día de efectuado el mismo.

Fecha de Resolución

Lunes, 14 Octubre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 584-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar el “ESTUDIO DE DELIMITACIÓN DE LA FAJA MARGINAL DE LA QUEBRADA HUAYLLATIRA 2, SECTOR HACIENDA HUAYLLATIRA, DISTRITO DE SANTA ROSA, PROVINCIA DE MELGAR, DEPARTAMENTO DE PUNO”, en una longitud de 2.054 kilómetros de faja marginal de la quebrada Huayllatira 2, señalizándose con 91 hitos en la  Margen Derecha (MD) codificados desde HD-01 a HD-91 y 130 hitos en la Margen Izquierda (MI) codificados desde HI-1 a HI-130, las que señalan el lindero superior de la faja marginal, y se encuentran debidamente georreferenciados en el sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, Zona 19S, conforme a las características contenidas en el Informe Técnico N° 0128-2024-ANA-AAA.TIT/RQC, que es parte integrante del expediente administrativo.

Fecha de Resolución

Lunes, 14 Octubre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 583-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER  a la Empresa GEOEXPLORASONDEOS E.I.R.L., con RUC N° 20455363439, representada por el señor Julio Roberto Huanca Montesinos, identificado con DNI N° 29376770, con domicilio procesal Jirón Texas N° 248, distrito de Juliaca, provincia San Román, departamento de Puno, una AMONESTACIÓN ESCRITA, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, artículo 120°, numeral 3): La ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional. 2) Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338: Constituye infracción en su Artículo 277° literal b): Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo (perforación de pozo tubular), en las fuentes naturales de agua.

Fecha de Resolución

Lunes, 14 Octubre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 582-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

ARCHIVAR, el Procedimiento Administrativo Sancionador, seguido en contra de la Municipalidad Provincial de San Román, representada por su Alcalde el señor Oscar Wyllams Cáceres, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Octubre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 581-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Otorgar, Autorización de Uso de Agua superficial (otros usos), a favor del GOBIERNO REGIONAL DE PUNO, con RUC N° 20406325815, para la obra “Mejoramiento de los Servicios de Transitabilidad Vial del Camino Vecinal Tramo Villa Paxa a Ventilla (PU-1065) del Distrito de Puno – Provincia de Puno – Departamento de Puno”, de las fuentes de agua río Itapallune y Lago Titicaca, por un volumen total de 30834.00 m3, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Puno, para el uso de mitigación de polvos y material particulado con el fin de dar cumplimiento y Registro del Plan de Manejo ambiental, y; de acuerdo a la evaluación contenida en el Informe Técnico N° 0059-2024-ANA-AAA.TIT ALA.ILAVE/EMM, que forma parte integrante del expediente administrativo, según detalle:

Fecha de Resolución

Jueves, 10 Octubre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 580-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar, la extinción del derecho de uso de  agua, contenida en la Resolución Administrativa N°111-2003-DRA-P/AASP-ATDR.PI, del 18.07.2003, que otorgó permiso con fines agropecuarios a favor del señor Pedro Chambilla Tuyo, para que puedan utilizar las aguas provenientes de los manantiales Huacani Pujo, con un caudal de hasta 0.85 Lts/seg. y Jaque Huinto Jauria Pujo con un caudal de hasta 0.27 Lts/seg. en beneficio del predio rústico denominado Cota Calvario Huta y Pajcha Uta Pujo ubicado en la parcialidad de Sullcanaca, distrito de Santa Rosa Mazocruz, de acuerdo a los usos y costumbres vigentes, por caducidad, por la causal de muerte del titular, prevista en el artículo 71° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, concordante con el artículo 102°, numeral 102.3 literal a) del D.S. N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Fecha de Resolución

Jueves, 10 Octubre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 579-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a los señores: Serapio Lima Mamani, con DNI. N° 02299177, con domicilio real: Av. Los Incas Mz. G Lt. 7, distrito de Ayaviri, provincia de Melgar, departamento Puno y con domicilio procesal: Jr. Tacna Nro. 330, distrito de Ayaviri, provincia de Melgar, departamento de Puno, Bernardina Lima Mamani, con DNI N° 02290657, con domicilio real: Sector de Umasi Jaurilla Mayo, distrito de Umachiri, provincia de Melgar, departamento de Puno y con domicilio procesal: Jr. Tarapaca N°353 Ayaviri, provincia de Melgar, departamento de Puno, Dolores Lima Mamani, con DNI N° 02290457, con domicilio real: Sector de Umasi Jaurilla Mayo, distrito de Umachiri, provincia de Melgar, departamento de Puno y con domicilio procesal: Jr. Tarapaca N°353 Ayaviri, provincia de Melgar, departamento de Puno, y;  Epifania Lima Mamani, con DNI N° 02292762, con domicilio real: Sector de Umasi Jaurilla Mayo, distrito de Umachiri, provincia de Melgar, departamento de Puno y con domicilio procesal: Jr. Tarapaca N°353 Ayaviri, provincia de Melgar, departamento de Puno, una sanción administrativa pecuniaria de multa EN FORMA SOLIDARIA, por el monto equivalente a TRES (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), conforme al numeral 279.2° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 4) de la Ley N° 29338, Impedir el ejercicio de un derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010 AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277°, literal n) Impedir el uso de agua a sus respectivos titulares.

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Octubre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 578-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Modificar, el Artículo Primero de la Resolución Administrativa N° 006-2011-ANA-ALA-JULIACA, en relación a la incorporación del RUC y otros de forma, manteniéndose los datos técnicos descritos en el derecho de uso de agua primigenio de acuerdo con el siguiente detalle:

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Octubre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 1111-2024-ANA

Resumen

CUT: 96437-2024.

IMPUGNANTE: Marcelino Mamani Mamani y Honorio Checalla Muñuico.

ORGANO: AAA Titicaca

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Conclusión del procedimiento.

SUMILLA: La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

717-2024

Sumilla

La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha concluido.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.D. Nro. 577-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar la delimitación del BLOQUE DE RIEGO LACAYANI, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 1.300 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 398665.00000mE y 8356324.00000mN, DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Putina, provincia de San Antonio De Putina, departamento Puno.

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 16843.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA ALEGRÍA LLANCACAHUA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle:

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Octubre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua