Autoridad Administrativa del Agua de Titicaca

R.D. Nro. 396-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar el “Estudio de delimitación de la faja marginal de la Quebrada Huayrapata del Centro Poblado de Vallecito Totorani, Distrito de Ayaviri, Provincia de Melgar, Departamento de Puno” en un tramo de 1.792 kilómetros de la faja marginal, señalizados con noventa y nueve (99) hitos en el lindero superior de la faja marginal delimitada en la margen derecha, codificados desde HD-01 hasta HD-99, y noventa y ocho (98) hitos en el lindero superior de la faja marginal delimitada en la margen izquierda, codificados desde HI-01 a HI-98, respectivamente los que serán colocados en el lindero exterior de la faja marginal, debidamente georreferenciados en sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, zona 19s, de acuerdo al contenido del Informe Técnico N.º 099-2020-ANA-AAA-AT.TIT/OMOC, así como el Estudio de Delimitación de Faja Marginal de la Quebrada Huayrapata, que forma parte integrante del expediente administrativo

Fecha de Resolución

Miércoles, 30 Diciembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 395-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar el “Estudio de Delimitación de la Faja Marginal de la Quebrada Yuraccancha, ubicado en el Sector Surpo del Centro Poblado Vallecito Totorani, Distrito de Ayaviri, Provincia de Melgar, Departamento de Puno”, en una longitud de 1.115 kilómetros de faja marginal de la Quebrada Yuraccancha, con un ancho mínimo de cuatro (04) metros, desde la progresiva 0+000 hasta 1+115, con 90 hitos en la Margen Izquierda (MI) codificados desde HI-01 a HI-90 y 89 hitos en la Margen Derecha (MD) codificados desde HD-01 a HD-89, los que serán colocados en el lindero exterior de la faja marginal, debidamente georreferenciados en sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, zona 19s, de acuerdo al contenido del Informe Técnico N.º 082-2020-ANA-AAA-AT.TIT/RQCH, así como el Estudio de Delimitación de Faja Marginal de la Quebrada Yuraccancha, que forma parte integrante del expediente administrativo

Fecha de Resolución

Miércoles, 30 Diciembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 394-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar el “Estudio de Delimitación de la Faja Marginal de la Quebrada Miski Uno Altomayo, Distrito de Ayaviri, Provincia de Melgar, Departamento de Puno”, en una longitud de 1.520 kilómetros de faja marginal de la Quebrada Miski Uno Altomayo, con un ancho mínimo de cuatro (04) metros, desde la progresiva 0+000 hasta 1+520, con 137 hitos en la Margen Izquierda (MI) codificados desde HI-01 a HI-137 y 156 hitos en la Margen Derecha (MD) codificados desde HD-01 a HD-1560, los que serán colocados en el lindero exterior de la faja marginal, debidamente georreferenciados en sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, zona 19s, de acuerdo al contenido del Informe Técnico N.º 081-2020-ANA-AAA-AT.TIT/RQCH, así como el Estudio de Delimitación de Faja Marginal de la Quebrada Miski Uno Altomayo, que forma parte integrante del expediente administrativo

Fecha de Resolución

Miércoles, 30 Diciembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 393-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar, el “Estudio de delimitación de la faja marginal de la Quebrada Viluyo, distrito de Ayaviri, provincia de Melgar, departamento de Puno”, en un tramo de 2.413 kilómetros de la faja marginal, señalizados con ciento catorce (114) hitos en el lindero superior de la faja marginal delimitada en la margen derecha, codificados desde HD-01 hasta HD-114, y ciento treinta y ocho (138) hitos en el lindero superior de la faja marginal delimitada en la margen izquierda, codificados desde HI-01 a HI-138, respectivamente los que serán colocados en el lindero exterior de la faja marginal, debidamente georreferenciados en sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, zona 19s; conforme a las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 100-2020-ANA-AAA.AT.TIT/OMOC, que es parte integrante del expediente administrativo

Fecha de Resolución

Martes, 29 Diciembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 392-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar, el “Estudio de Delimitación de la Faja Marginal de la Quebrada Caramaya, Sector 2, Distrito Pisacoma, Provincia de Chucuito, Departamento de Puno”, en un tramo 9.850 kilómetros. Estableciéndose un ancho mínimo de cuatro (04) metros de faja marginal, desde la progresiva 0+000 hasta la progresiva 9+850, con 397 hitos en la Margen Derecha (MD) codificados desde HD-01 a HD-397 y 473 hitos en la Margen Izquierda (MI) codificados desde HI-01 a HI-473, los que serán colocados en el lindero exterior de la faja marginal, debidamente georreferenciados en sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, zona 19s, conforme a las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 084-2020-ANA-AAA.AT.TIT/RQCH, que es parte integrante del expediente administrativo:

Fecha de Resolución

Martes, 29 Diciembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 391-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

TENER POR NO PRESENTADA, la solicitud de fecha 03.11.2020, presentada por la Municipalidad Distrital de Huatasani, representada por su Alcalde el señor Walter Hugo Lipa Condori, sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial, para para el proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Saneamiento Básico Integral en la Localidad de Huatasani del Distrito de Huatasani – Provincia de Huancané –Departamento de Puno”, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Diciembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 390-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua, de la Resolución Directoral N° 354-2017-ANA/AAA.TIT, del 15.06.2017, por la cual se otorgó licencia de uso de Agua Subterránea con fines industriales a favor de la empresa CONCRETOS SUPERMIX S.A., para aprovechar un volumen anual de hasta 47307 m3, proveniente de la fuente de agua Pozo tubular Proyectado, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Diciembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 389-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la Empresa PESQUERA PROVASTRU EIRL, con RUC. N° 20602087159, con domicilio legal en la Parcialidad UNTAVE GRANDE, representada por el señor Estanislao Castillo Condori, con DNI. N° 01888314, una sanción administrativa de multa de cero comas cinco (0,5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, tipificado en el artículo 120° inciso 1) utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso; en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 277º literal a) usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua. La misma que debe ser cancelada por la infractora en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo

Fecha de Resolución

Martes, 29 Diciembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 388-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

Disponer, el ARCHIVO, del expediente de Propuesta de Modificación de Subsectores Hidráulicos del Sector Hidráulico Menor Chucuito Yunguyo - Clase B, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Diciembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 387-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la señora Rosa Paulina Cahuana de Díaz, con DNI. N° 02287685, con domicilio en el Sector Vallecito – Centro Poblado Kunurana Alto, una sanción administrativa de Amonestación Escrita, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, y conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGRI

Fecha de Resolución

Martes, 29 Diciembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua