Autoridad Administrativa del Agua de Titicaca

R.D. Nro. 098-2025-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por el señor Fredy Huanca Fernández, con DNI N° 41939180, sobre Autorización de Ejecución de obras en los bienes naturales asociados al agua, para el proyecto denominado “Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad vial Interurbana en el puente carrozable de la parcialidad de Ccorocca del Centro Poblado de Larimayo, Distrito de Antauta de la Provincia de Melgar, del Departamento de Puno”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Marzo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 097-2025-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a los señores PIO MAMANI ITO, con DNI. N° 41203359, VALERIANO MAMANI SUAÑA con DNI. N° 29679278 y MELECIO QUISPE CALLA, con DNI. N° 02167313, con domicilio procesal en el Jr. Libertad N° 1136 – Puno, correo electrónico: estudiogerberthuanca@gmail.com, sanción administrativa de AMONESTACION ESCRITA, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 277° literal f) ocupar, la ribera del Lago Titicaca, sin autorización la ribera del Lago Titicaca, realizando actividad agrícola.

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Marzo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 096-2025-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la señora DINA YANEE ARAMAYO ANDRADE VDA. DE GUEVARA, con DNI 02408040, con domicilio en real y procesal en Jr.Ica N° 226, Barrio Victoria – Puno, una sanción administrativa de AMONESTACION ESCRITA, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 277° literal f) ocupar, sin autorización la ribera del Lago Titicaca.

Fecha de Resolución

Jueves, 06 Marzo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 095-2025-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aceptar, el DESISTIMIENTO solicitado por el señor Rubén Morales Quispe, con DNI. N° 012933343, en representación de la señora Virginia Nieves Choquechambi, esposa del recurrente, Sra. María Magdalena Flores Ramos, Sra Raquel Apaza Acero y Sr. Oscar Sandoval Perca, mediante escrito de fecha 26.02.2025.

Fecha de Resolución

Jueves, 06 Marzo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 094-2025-ANA-AAA.TIT

Resumen

Acreditar, la disponibilidad hídrica superficial para uso productivo con fines agrarios, para el proyecto denominado “Mejoramiento del Servicio de Provisión de agua para riego en el sector de Cangalli, Distrito de San Antón de la Provincia de Azángaro del Departamento de Puno”, peticionado por el señor Marco Antonio Mamani Luna, con DNI N° 40697992, en calidad de Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antón, que pretende captar las aguas del rio Crucero, para atender una demanda de un volumen anual de 616,002 m3/año, ubicado en la jurisdicción del Distrito de San Antón, Provincia de Azángaro, y Región de Puno, y según las características contenidas en el Informe Técnico N° 0023-2025-ANA-AAA.TIT/OMOC, que forma parte integrante del expediente administrativo:

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Marzo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 093-2025-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la señora ELIANA CONTRERAS VALENCIA, con DNI. N° 42732380 con domicilio real en el Jr. Los Incas N° 161 – Ilave, y domicilio procesal en Jr. 28 de Julio N° 150 – Ilave, una sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a DOS COMA CINCO (2.5) Unidad impositiva Tributaria (UIT), conforme al artículo 279.2° del Decreto Supremo N° 01-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 6) de la Ley N°29338, ocupar el cauce del río Ilave, sin la autorización correspondiente y en el Decreto Supremo N° 01-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal f) ocupar, sin autorización el cauce del agua (rio Ilave). La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo.

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Marzo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 092-2025-ANA-AAA.TIT

Resumen

Autorizar, la Ejecución de las obras en los bienes asociados al agua, para el proyecto “Obra accesoria por seguridad vial del proyecto mejoramiento del subtramo Asillo – San Antón (Km 75 + 300 al 100 + 500), del corredor vial interoceánico sur –Tramo 4; Azángaro – Puente Inambari”, tramitado por el señor Juan Carlos Salcedo Quevedo, en calidad de Gerente General de la empresa INTERSUR CONCESIONES S.A., y de acuerdo a las consideraciones estipuladas en el Informe Técnico N° 0028-2025-ANA-AAA.TIT/OMOC:

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Marzo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 091-2025-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar, INFUNDADA la oposición efectuada por el señor Julián Fernández Flores, Presidente del Comité de Usuarios Tayaque, según escritos de fechas 21.10.2024 y del 16.12.2024, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Acreditar, la disponibilidad hídrica de agua superficial y autorizar, la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, para uso productivo con fines agrarios, el cual cuenta con: Una (01) captación de material rustico en el manantial Taipi Huaylla Pujo Haynacha, Canal rustico de dimensiones 0.25 x 0.50 metros de longitud de 15 metros, Una (01) captación de material rustico en el manantial Taipi Huaylla Pujo III, Canal rustico de dimensiones 0.25 x 0.50 metros de longitud de 15 metros, Tuberia de diámetro de 1 pulgada de 100 metros de longitud, Politubo de 1 ½ pulgada de diámetro de 100 metros de longitud y 1 pulgada de diametro de 200 metros, Una (01) captación de material rustico en el manantial Taipi Huaylla Pujo II y Canal rustico de dimensiones de 0.15 x 0.25 metros, tramitado por la Señora Julia Tuco Chambi; con punto de captación en coordenadas UTM (WGS 84) Manantial Taipi Huaylla Pujo Haynacha en las coordenadas Este: 444123 m y Norte: 8116775 m, Manantial Taipi Huaylla Pujo II en las coordenadas Este: 444046 m y Norte: 8116687 m y Manantial Taipi Huaylla Pujo III en las coordenadas Este: 444062 m y Norte: 8116681 m, para aprovechar un volumen total de hasta 2,393 m3/año, ubicado en la jurisdicción del distrito de Pisacoma, provincia de Chucuito del departamento de Puno.

Otorgar, licencia de uso de agua superficial, con fines agrarios, a favor de la señora JULIA TUCO CHAMBI, para el aprovechamiento de las aguas provenientes de los manantiales Taipi Huaylla Pujo Haynacha, Taipi Huaylla Pujo II y Taipi Huaylla Pujo III, por un volumen total de hasta 2,393 m3/año, para un área bajo riego de hasta 0.09 has para el predio denominado “Cancha Naccata Huyo”, fuentes de agua ubicado en la jurisdicción, distrito de Pisacoma, provincia de Chucuito del departamento de Puno, según el detalle contenido en el Informe Técnico Nº 0026-2025-ANA-AAA.TIT/OMOC, que es parte integrante del expediente administrativo:

Fecha de Resolución

Martes, 04 Marzo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 090-2025-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar IMPROCEDENTE, la solicitud de fecha 11.09.2024, sobre desvío de cauce del río Santa Rosa, peticionado por el señor Pedro Chunga Zarate, con DNI. N° 02287419, Presidente de la Comisión de Usuarios del Canal de riego Queque Sur; y el señor Wili Octavio Villanueva Flores, con DNI. N° 02288767, Presidente de la Comunidad, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 04 Marzo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 089-2025-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHUCUITO, con RUC. N° 20203056223, representado por su Alcalde el señor Yuri Arce Zea, con domicilio en el Jr. Pasión N° 515 Cercado, distrito Chucuito, una sanción administrativa pecuniaria de multa por el monto equivalente a CINCO PUNTO DOS (5.2) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), conforme al numeral 279.2° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por efectuar vertimiento de aguas residuales al cuerpo natural del Lago Titicaca, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 9) de la Ley N° 29338, realizar vertimientos sin autorización, y; en el Decreto Supremo N° 01-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal d) Efectuar vertimiento de aguas residuales en el cuerpo de agua, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo;

Fecha de Resolución

Lunes, 03 Marzo, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua