IMPONER, a los señores: IDIS TAPIA MOYA, con DNI. N° 45700372, con domicilio en la Comunidad de Puna Ayllu, PEDRO CERAFIN LUQUEQUISPE LÓPEZ, con DNI. N° 02533485, con domicilio en la Comunidad de Puna Ayllu, y al señor LODY WILLIAM RAMOS CÁCERES, con DNI. N° 45715241, con domicilio en el Centro Poblado Santa Cruz, distrito de Patambuco, provincia Sandia, MULTA solidaria de NUEVE (9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha de cancelación, conforme al artículo 279°, numeral 279.3° del D.S. 01-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por efectuar vertimiento de aguas residuales al cuerpo natural rio Crucero, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 9) de la Ley N° 29338, realizar vertimientos, y en el D.S. N° 01-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal d) Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua.
La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ramis, dentro del tercer día de efectuado el
mismo.