IMPONER, a la Municipalidad Distrital de Quilcapuncu, con RUC. 20195320111, representado por su Alcalde el señor Pedro Álvarez Moya, con domicilio en la Plaza de Armas Nro. 312, del distrito Quilcapuncu, provincia San Antonio de Putina del departamento de Puno, una sanción administrativa de multa por un monto equivalente a cero coma cinco (0,5) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 3) de la Ley N° 29338, por “La ejecución de obras hidráulicas en el manantial Captación Victoria Alvarizani sin la Autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, concordante con el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277°, literal b) “Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes en las fuentes naturales de agua del manantial Captación Victoria Alvarizani”. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo.