Autoridad Administrativa del Agua de Titicaca

R.D. Nro. 402-2023-ANA-AAA.TIT

Resumen

Acreditar,  la  disponibilidad  hídrica  superficial, con fines poblacionales, para el proyecto denominado “Ampliación de línea de conducción de  agua  potable  para  la  localidad  de  Mañazo”,  tramitado  por  el  señor  Carlos  Vidal  Pino Coaquira, en calidad de Presidente de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Mañazo, que pretende captar las aguas del manantial denominado Huallapugio para atender una demanda de un caudal total de 1.14 l/s equivalente a un volumen anual de 35,949 m3/año, ubicado en la jurisdicción del Distrito de Mañazo, Provincia y Región de Puno, y según las características  contenidas  en  el  Informe  Técnico  N°  0137-2023-ANA-AAA.TIT/OMOC,  que forma parte integrante del expediente administrativo:

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Noviembre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 401-2023-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar, infundado el recurso de reconsideración, incoado por Corporación Minera Ananea S.A., representado por su Gerente General el señor Fabián  Saúl  Checca  Bernedo,  contra  la  Resolución  Directoral  N°  0345-2023-ANA-AAA.TIT,  de fecha 26.09.2023, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Noviembre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 400-2023-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar,  IMPROCEDENTE,  la  petición  de Acreditación  de  Disponibilidad  hídrica  superficial  para  el  proyecto  denominado “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Aduaneros en la Intendencia de Aduana Puno, Distrito de Puno, Provincia de Puno, Departamento de Puno”, presentada por el señor Diego Luis Fernando Rojas Ludeña identificado con DNI. N° 47463933, Representante común del Consorcio Consultor Aduana, por no subsanar las observaciones advertidas por la Autoridad Administrativa del Agua XIV Titicaca, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. 

Fecha de Resolución

Martes, 31 Octubre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 399-2023-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE  TARACO,  con  RUC  N°  20176895684,  con  domicilio  en  el  Jr.  Unión  N°  490  -  Plaza  de Armas  S/N,  Distrito  de  Taraco,  Provincia  de  Huancané  y  Región  de  Puno,  una  sanción administrativa  pecuniaria  de  multa  por  un  monto  equivalente  a  DOS  PUNTO  CINCO  (2.5) UNIDADES  IMPOSITIVAS  TRIBUTARIAS  (UIT),  conforme  al  artículo  279°  numeral  279.2° del  Decreto  Supremo  N°  01-2010-AG.,  Reglamento  de  la  Ley  de  Recursos  Hídricos,  por arrojar  residuos  sólidos  en  el  cauce  de  la  Quebrada  Jiska  Llachi,  por  contravenir  lo dispuesto en el artículo 120° numeral 10) de la Ley N° 29338, arrojar residuos sólidos en cauce de agua natural, y en el Decreto Supremo N° 01-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal e) arrojar residuos sólidos en cauce de agua natural. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Huancané, dentro del tercer día de efectuado el mismo.

Fecha de Resolución

Martes, 31 Octubre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 395-2023-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER,  al  señor  Francisco  Mestas Pacompia, identificado con DNI N° 02388124 y con domicilio en el Fundo Ccapara Mococo Huayna  Pata  Chaqui,  distrito  de  Coata,  provincia  de  Puno  y  departamento  de  Puno,  una sanción  administrativa  de  AMONESTACIÓN  ESCRITA,  conforme  al  numeral  279.1°  del artículo  279°  del  Decreto  Supremo  N°  001-2010-AG.,  Reglamento  de  la  Ley  de  Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGRI.

Fecha de Resolución

Viernes, 27 Octubre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 394-2023-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER al señor Benito Típula Tipula con DNI 01326704 y señora Olimpia Calisaya Condori, con DNI N° 40086333, con domicilio en la Av. Panamericana N° 850, Distrito, Provincia y Departamento de Puno, una sanción administrativa pecuniaria  de  multa  por  un  monto  equivalente  a  CINCO  PUNTO  UNO  (5.1)  UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), conforme al artículo 279.3° del Decreto Supremo N° 01- 2010-AG.,  Reglamento  de  la  Ley  de  Recursos  Hídricos,  por  contravenir  lo  dispuesto  en  el artículo  120°  numeral  6)  de  la  Ley  N°  29338,  ocupar  el  cauce  de  agua  sin  autorización correspondiente y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal f) “Ocupar sin autorización el cauce de agua”, del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por D.S N° 001-2010-AG. La misma que debe ser cancelado por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo.

Fecha de Resolución

Jueves, 26 Octubre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 393-2023-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar,  IMPROCEDENTE,  la  solicitud presentada  por  la  JASS  Zona  Urbana  COPANI,  representado  por  su  Presidente  el  señor Martin Choque Condor, sobre otorgamiento de Licencia de uso de agua subterránea con fines poblacionales,  por  los  fundamentos  expuestos  en  la  parte  considerativa  de  la  presente Resolución. 

Fecha de Resolución

Jueves, 26 Octubre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 392-2023-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar, el “PLAN DE APROVECHAMIENTO DE LAS DISPONIBILIDADES HÍDRICAS DEL SECTOR HIDRAULICO MENOR ILAVE 2023 -2024”,  propuesto  por  el  Grupo  de  Trabajo  del  Plan  de  Aprovechamiento  de  las Disponibilidades  Hídricas  del  Sistema  Hidráulico  Común  Ilave,  con  una  disponibilidad  total, considerando  el  río  Huenque  y  Aguas  Calientes,  como  fuentes  de  agua  de  las  cuales  se demanda un volumen anual total de 236.72 Hm3 para un año seco, 237.24 Hm3  para un año normal  y  237.24  Hm3  para  un  año  húmedo,  considerando  la  Sub  Cuenca  Huenque  (Sub Sector  Hidráulico  Mazocruz  y  Conduriri)  y  la  Sub  Cuenca  Aguas  Calientes  (Sub  Sector Hidráulico Aguas Calientes), asimismo se deberá considerar la demanda de agua según a las condiciones del tipo de año que se presente pudiendo ser año seco, normal o húmedo, según corresponda conforme con el Plan presentado. Asimismo, las demandas para el uso agrario de organizaciones que captan las aguas provenientes de manantiales es de 31.59 Hm3 (total de  los  subsectores  hidráulicos  Mazocruz,  Conduriri  y  Aguas  Calientes)  y  los  sistemas  de abastecimiento  propio  con  fines  agrarios  y  poblacionales  según  la  información  de  los volúmenes consignados en los derechos de uso de agua otorgados es de 5.63 Hm3 para la Subcuenca Huenque y 1.80 Hm3 para la Subcuenca Aguas Calientes, conforme con el Plan presentado que forma parte de la presente Resolución y según el Informe Técnico N° 0134- 2023-ANA-AAA.TIT/OMOC, según detalle:

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Octubre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 391-2023-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar, el “ESTUDIO DE DELIMITACIÓN DE LA FAJA MARGINAL EN LA MARGEN DERECHA DEL RIO CAMELLAQUE, TRAMO CHIURAYA, DISTRITO DE ILAVE, PROVINCIA DE EL COLLAO, DEPARTAMENTO DE PUNO”, realizado de oficio por el Área Técnica de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca, señalizando un tramo de 3.7 kilómetros de faja marginal del Rio Camellaque, con 97 hitos en la Margen Derecha (MD) codificados desde HD-01 a HD- 97, las que señalan el lindero superior de la faja marginal, estos hitos se encuentran debidamente georreferenciados en el sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, Zona 19S, según las características contenidas en el Informe Técnico N° 0094-2023-ANA-AAA.TIT/RQC, y la respectiva Memoria Descriptiva, parte integrante del expediente, según la siguiente tabla

Fecha de Resolución

Martes, 24 Octubre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 390-2023-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar, el “ESTUDIO DE DELIMITACIÓN DE LA FAJA MARGINAL DEL LAGO TITICACA, TRAMO OJHERANI - THUNUHUIRI, DISTRITOS DE PUNO Y CHUCUITO, PROVINCIA DE PUNO, DEPARTAMENTO DE PUNO”, realizado de oficio por el Área Técnica de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca, para fijar los límites de la faja marginal del lago Titicaca, en el tramo de los sectores Ojherani - Thunuhuiri, en una longitud de 5.75 kilómetros, se ha planteado la colocación de 47 hitos codificados desde H-104 a H- 150, las que señalan el lindero superior de la faja marginal, estos hitos se encuentran debidamente georreferenciados en el sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, Zona 19S;  según las características contenidas en el Informe Técnico N° 0096-2023-ANA-AAA.TIT/RQC, y la respectiva Memoria Descriptiva, parte integrante del expediente, según la tabla siguiente

Fecha de Resolución

Martes, 24 Octubre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua