Autoridad Administrativa del Agua de Titicaca

R.D. Nro. 353-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar, la extinción de la Resolución Directoral N° 034-91-DSRSA-P, de fecha 29.08.1991, que otorgó, Licencia a Don Eloy Espezua del Castillo, propietario del predio Perkata Huyo, para el uso de las aguas del manantial Humajalso: Perkatahuyo y Lanccolaca, ubicado en la parcialidad San Juan Capill, Distrito de Santa Rosa, Provincia de Chucuito, Departamento de Puno, para uso agropecuario, en un caudal de 17 l/s, del canal Lancco Laca y 10 l/s del canal Perkatahuyo.

Otorgar, Licencia de uso de agua superficial para uso productivo con fines agrarios, a favor de la sucesión de Eloy Espezua del Castillo, para el aprovechamiento de las aguas provenientes de la Quebrada Humajalso, cuyo punto de captación se encuentra ubicado en la margen izquierda de mencionada quebrada denominado captación Lanccolaca, por un volumen total de hasta 172,479 m3/año, para un área bajo riego de 17.00 hectáreas, fuente de agua ubicado políticamente en la jurisdicción del Distrito de Conduriri, Provincia de El Collao, y Región de Puno, según el contenido del Informe Técnico Nº 0030-2024-ANA-AAA.TIT/OMOC, y de acuerdo al siguiente detalle:

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 352-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar, la extinción del derecho de uso de agua, contenida en la Resolución Administrativa N° 106-2010-ANA-ALA-JULIACA, de fecha 13.12.2010, que otorgó, licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrarios, a favor del usuario Ángel Gutiérrez Huanca, con un caudal de hasta 2.32 litros por segundo, equivalente a un volumen total anual máximo de 73,122 m3/año, para riego de 2.00 hectárea, ubicado en el predio Quimsachata Lote 19, sector Huaylla Pujio, Comunidad Campesina de Asiruni, por caducidad, por la causal de muerte del titular, prevista en el artículo 71° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, concordante con el artículo 102°, numeral 102.3 literal a) del D.S. N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 351-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar, la extinción del derecho de uso de agua, contenida en la Resolución Administrativa N° 757-2001-PUNO-DRA.P-ATDRR/AT de fecha 28.12.2001, que otorgó licencia de uso de agua superficial con fines agrícolas, en vías de regularización al señor Alberto Anccasi Mojo, por caducidad, por la causal de muerte del titular, prevista en el artículo 71° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, concordante con el artículo 102°, numeral 102.3 literal a) del D.S. N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 350-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Conceder, por única vez la prórroga, de la Resolución Directoral N° 0248-2022-ANA-AAA.TIT, por un plazo de DOS (02) años, de acuerdo a la solicitud del administrado y bajo las mismas condiciones que se otorgó primigeniamente la acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines poblacionales, el mismo que comenzara a regir a partir del 11.07.2024, a fin de dar continuidad al plazo primigenio otorgado en la Acreditación citada líneas arriba, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 02 Julio, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 349-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Conceder, por única vez la prórroga, de la Resolución Directoral N° 0253-2022-ANA-AAA.TIT, por un plazo de DOS (02) años, de acuerdo a la solicitud del administrado y bajo las mismas condiciones que se otorgó primigeniamente la acreditación de disponibilidad hídrica superficial para uso productivo con fines recreacionales, el mismo que comenzara a regir a partir del 07.07.2024, a fin de dar continuidad al plazo primigenio otorgado en la Acreditación citada líneas arriba, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución

Fecha de Resolución

Martes, 02 Julio, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 348-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la señora JOSEFINA CHILE ARQUE, con DNI. N° 02155808, con domicilio en la Parcialidad de Chapioco, provincia de Lampa, Distrito de Ocuviri (cel: 985000081), una sanción administrativa de AMONESTACIÓN ESCRITA, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010- AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGRI.

Fecha de Resolución

Martes, 02 Julio, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 347-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la empresa AGROINDUSTRIAS EL NATURALITO EIRL, con RUC. N° 20448758703, representado por el señor Julián Paredes Ticona, con DNI. N° 02150738, con el cargo de Titular-Gerente, con domicilio real en el Km. 10 C.C. Sacasco-Miraflores (A 10 Km. Aprox. del Dist. de Cabanilla) Cabanillas – Lampa; una sanción administrativa pecuniaria de multa por el monto equivalente a CUATRO PUNTO NUEVE (4.9) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), conforme al numeral 279.2° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por efectuar vertimiento de aguas residuales al cuerpo natural del río Chaquimayo, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 9) de la Ley N° 29338, realizar vertimientos, y en el Decreto Supremo N° 01-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal d) Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua.


La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Juliaca, dentro del tercer día de efectuado el mismo.

Fecha de Resolución

Lunes, 01 Julio, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 346-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Autorizar, en vía de regularización, la ejecución de Obras Mínimas, a favor de la Municipalidad Distrital de Coata, con RUC N° 20221107307, para el “Reforzamiento de Talud en Margen Izquierda del Cauce del Rio Grande Coata en la Comunidad de Santiago de Soraza, Distrito de Coata, Provincia de Puno, Región Puno”, y según las características detalladas en el Informe Técnico Nº 00512024-ANA-AAA.TIT-ALA.JULIACA/FAPG, según el siguiente Cuadro

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Junio, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 345-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, al señor SILVESTRE QUISPE YANAPA, con DNI. N° 02017025, con domicilio en la Comunidad de Huancollusco sector Pirin  Distrito de Taraco, (cel: 914 321188), una sanción administrativa de  AMONESTACIÓN ESCRITA, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120 numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGRI.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Junio, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 344-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar la delimitación del Bloque de riego Cuenca San Juan, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 2.000 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 349840.00000mE y 839525.00000mN, DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Antauta, provincia de Melgar, departamento Puno.  

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 24041.00 m³/año, para uso Agrícola, a  favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CUENCA SAN JUAN", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle

Fecha de Resolución

Jueves, 27 Junio, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua