DECLARAR improcedente la solicitud de oposición presentada por el Sr. Julca Gregorio Luzmerht, presidente del Comité de Usuarios Canal Tashtaruri-Machaguayo Alto, del caserío de Salapampa, Centro Poblado de Yurma, distrito de Llumpa, provincia Mariscal Luzuriaga, departamento de Ancash, sobre la Acreditación de Disponibilidad Hídrica del manantial Nillpu Kuchu del proyecto “Ampliación del Sistema de Agua Potable de la Localidad de Salapampa del Sector Ayajamanan, del Distrito de Llumpa, Provincia Mariscal Luzuriaga, Departamento de Ancash”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.