Rectificar el error material incurrido en el artículo segundo y artículo quinto de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 300-2019-ANA-AAA X MANTARO de fecha 24 de mayo de 2019.
Rectificar el error material incurrido en el artículo segundo y artículo quinto de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 301-2019-ANA-AAA X MANTARO de fecha 24 de mayo de 2019.
Aprobar la delimitación del Bloque PUCARA, según el plano que forma parte de la presente Resolución, el cual tiene un área bajo riego de 25.000 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 486820.00 mE y 8653620.00 mN, DATUM WGS84, zona 18, politicamente en el distrito de Pucara, provincia de Huancayo, departamento Junin.
Aprobar la Delimitación del Bloque de Riego Fundo Asiento, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 14,2241 hectáreas, ubicado geográficamente en la zona 18S, entre las coordenadas UTM: WGS 84: P01: 521778- E, 8645345-N; P02: M 522842-E: 8644193-N; P03: 522 842- E, 8644193-N; P04: 521766 -E, 8645334-N y políticamente en el distrito de Salcabamba, provincia Tayacaja, departamento Huancavelica.
Declarar fundado en parte el recurso de reconsideración interpuesto por la Municipalidad Distrital de Vinchos contra la Resolución Administrativa N° 312-2013-ANA-ALA AYACUCHO de fecha 05/11/2013, en el extremo referido al monto de la multa, reformándola a 2.1 Unidades Impositivas Tributarias (UITs), en aplicación del principio de razonabilidad.
Autorizar a favor de la Municipalidad Distrital de Locroja, la ejecución de los estudios de aprovechamiento hídrico del proyecto "Instalación del sistema de riego integral Ahuatario en Ranrapata Chupas, Esmeralda, San Pedro y Marcayllo del distrito de Locroja, provincia de Churcampa - Huancavelica”, proveniente de la quebrada Hatunhuaicco, ubicado politicamente en el distrito de Locroja, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, con fines agrícolas.
Aclarar que la Resolución Directoral N° 088-2014-ANA-AAA X MANTARO de fecha 20/03/2014, que prorrogó por tres meses el plazo inicialmente concedido mediante Resolución Administrativa N° 705-2013-ANA-ALA MANTARO como si fuera una autorización de ejecución de obra de aprovechamiento hídrico con fines de obtención de licencia de uso de agua, no corresponde a tal procedimiento, siendo el procedimiento correcto la prórroga de la autorización de ejecución de obras en fuentes naturales, de acuerdo a lo que establece el Artículo 212° del D.S. N° 001-2010-AG; en consecuencia se deja sin efecto legal el Artículo Segundo de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 088-2014-ANA-AAA X MANTARO.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea con fines poblacionales en vía de regularización a favor de Hatun Huanca SCRL, para la explotación del pozo ubicado entre las coordenadas UTM Datum WGS 84; 376727 m-E - 8666600 m-N, para hacer uso del agua por un caudal de hasta 1.00 l/s, y una masa anual de hasta 5 400 m3/año; situado en el Jr. La Merced N° 800, distrito de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junín.