Sancionar a la Municipalidad Distrital de Salcabamba con una multa equivalente a dos coma uno (2,1) Unidades Impositivas Tributarias, (por reducción de multa en aplicación de condición atenuante de responsabilidad por infracciones), al haberse configurado la comisión de la infracción GRAVE, tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal "d” del artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en: “Efectuar vertimiento de aguas residuales al rio Salcabamba, sin contar con autorización de la Autoridad Nacional del Agua”; ubicado en la jurisdicción del distrito de Salcabamba, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica.