RD N° 0838-2025-ANA-AAA.MAN
Resumen
Sancionar al señor Leandro Mario Rondinel Ruiz, por UNICA y ÚLTIMA VEZ una sanción administrativa de Amonestación Escrita, al haberse configurado la comisión de la infracción LEVE, tipificada en el numeral 1) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “a” del artículo 277° del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en “Usar el recurso hídrico proveniente del riachuelo Tinkuy sin contar con el correspondiente derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua”; los argumentos se encuentran expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

