Autoridad Administrativa del Agua de Jequetepeque - Zarumilla
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0625-2025-ANA-AAA.JZ
Resumen
Modificar el artículo 1° de la Resolución Administrativa N° 0663-2005-MA-ATDRJ, respecto al área bajo riego y los volúmenes mensuales y anuales del predio con código catastral 04028.
Modificar el artículo 1° de la Resolución Administrativa N° 0682-2005-MA-ATDRJ, respecto al área bajo riego y volumen de agua asignado al predio con código catastral 07790.
Declarar de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador iniciado mediante Notificación N° 001-2022-ANA-AAA-JZ-ALA.T, contra CONSORCIO MANGLARES DEL NOROESTE DEL PERU con RUC N° 20601850461, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y, en consecuencia, disponer su archivo.
Declarar de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRÁULICO MENOR MOTUPE - CLASE B, con Notificación N° 058-2023-ANA-AAA.JZ-ALA.MOLL, por la presunta comisión de infracciones al Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2015-MINAGRI; en consecuencia se dispone el archivo del mismo, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la solicitud de otorgamiento de licencia de uso de agua en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, solicitado por LA COMISIÓN DE USUARIOS DEL SUB SECTOR HIDRÁULICO CASARANÁ, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la solicitud de otorgamiento de licencia de uso de agua en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, solicitado por el OCAS MORENO MANUEL INOCENTE, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la solicitud presentada por CONSORCIO BESALCO STRACON (conformado por STRACON S.A. Y BESALCO PERU SAC), sobre autorización de ejecución de obras en fuentes naturales, en virtud de los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar la acreditación de disponibilidad hídrica superficial del manantial «El Pilancon», por un volumen anual de hasta 1 745 m3, para uso productivo agrícola, presentado por la señora ALVA RUIZ DE LEÓN ARTEMIA, para el riego de un predio con área bajo riego de 0,10 de hectárea, proyecto ubicado en el caserío Casman, centro poblado Catan, distrito Tantarica, provincia y departamento de Cajamarca.