Autoridad Administrativa del Agua de Jequetepeque - Zarumilla
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1596-2022-ANA-AAA-JZ-V
Resumen
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5494.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de CUBAS DIAZ TEOFILO con DNI 01055822, MEJIA BASAURI GLORIA YSABEL con DNI 01058457
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 13112.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de TANDAZO HERNANDEZ HILDEBRANDO con DNI 03307876
Declarar, improcedente la solicitud de licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, solicitado por el presidente de la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Yapatera, Segundo Chero Morales, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar, improcedente la solicitud de licencia de uso de agua con fines poblacionales, solicitado por Junta Administradora de Servicio de Saneamiento (JASS), Los Tres Ríos, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con finesvagrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 486-2009-ANA-ALA CH rectificada con la Resolución Administrativa N° 134-2010-ANA-ALA CHL, a favor de Compañía Agrícola General S.A, para el predio con código catastral 99602, quedando subsistente en todo lo demás que contiene la mencionada resolución, respecto a las licencias que aún no hayan sido modificadas.
Sancionar administrativamente a INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MÓNICA S.A con RUC N° 20205572229, por incurrir en la infracción tipificada en el literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar, improcedente la solicitud de licencia de uso de agua con fines poblacionales, solicitado por Junta Administradora de Servicio de Saneamiento (JASS), Nuevo Progreso, Raúl Pérez Díaz, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar, Autorización de Uso de Agua a favor. MINERA LAS LOMAS DORADAS S.A.C. con RUC N° 20543412707, representado por el Gerente General el Sr. Emilio Rafael Francisco Gálvez Toullier, con DNI N° 07855141, para ser utilizada en la lixiviación de la planta Metálica de Minera Las Lomas Doradas S.A.C.: “ACTIVIDADES DE PEQUEÑA MINERIA Y MINERIA RTESANAL, MINERA LAS LOMAS DORADAS S.A.C”
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 186-2006-G.R.PIURA-420010AACH-S.ATDRCH, a favor de Lupu Huertas José Martano,
para el predio con unidad catastral 42492, con un área bajo
riego de 2,0956 hectáreas, quedando subsistente en todo lo
demás que contiene la mencionada resolución.
DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento administrativo signado con CUT N° 81556-2021, seguido por el COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA DE LOS MANANTIALES FILOQUE Y LOS PANALES, sobre formalización de uso de agua, en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.