Acreditar la disponibilidad hídrica subterránea proveniente del acuífero Chao a favor de Carlos Enrique Gutiérrez Gutiérrez, para el tipo de uso "Agrario" para una demanda anual de hasta 61 259 m3 en 4.90 ha.
Acreditar la disponibilidad hídrica subterránea proveniente del acuífero Chao a favor de Félix Isaías Espínola Zurita, para el tipo de uso "Agrario" para una demanda anual de hasta 63 027 m3 en 4.90 ha.
Declarar el ABANDONO del procedimiento solicitado por Santos Rafael Valdivia, alcalde de la Municipalidad Distrital de Simbal sobre Acreditación de disponibilidad hídrica superficial de los manantiales “Cajamarca N° 01” y “Cajamarca N° 02”, en virtud a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dejando a salvo su derecho para que lo haga valer en la vía legal que considere favorable.
Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Virú S.A. contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 0001-2024-ANAAAA.HCH-ALA.MVCHAO.
DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por Alberto Agreda Alfaro, contra la Resolución Administrativa N° 147-2019-ANA-AAA.HCH-ALA.MVCHAO, de fecha 14.05.2019, por haberse presentado de manera extemporánea, la misma que se confirma en todos sus extremos, de acuerdo a los
fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Aprobar el Padrón de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Guadalupito, en un total de 534 predios, 342 usuarios con un área bajo riego de 1 302.5925 hectáreas con un
volumen anual de 22.761 hm3, siendo este documento Dinámico de gestión de los Recursos Hídricos, cuyo ejemplar debidamente visado en Hoja A4 de treinta y cuatro (34) folios, forma parte de la presente resolución (Anexo I).
Declarar la extinción parcial de la licencia de uso de agua otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 0018-2022-ANA-AAA.HCH-ALA.MVCHAO a favor de José Luciano Soles Pulido respecto del área que ha sido transferida al recurrente, debiendo mantenerse vigente todo lo demás subsistente de la citada resolución administrativa,
precisando que el titular primigenio se quedaría con un área remanente de 0,9839 has.
Acreditar la disponibilidad hídrica subterránea proveniente del acuífero Chao a favor de Carmelinda Antícona Henríquez para el tipo de uso "Agrario" para una demanda anual de hasta 15 552,00 m3 en 4.03 ha.
Acreditar la disponibilidad hídrica subterránea proveniente del acuífero Chao a favor de Carmelinda Antícona Henríquez para el tipo de uso "Agrario" para una demanda anual de hasta 11 625,12 m3 en 3.01 ha.