Declarar improcedente el reconocimiento del Comité de Usuarios Aquillpo, por los argumentos expuestos en la parte Considerativa de la presente Resolución.
Declarar improcedente el reconocimiento del Comité de Usuarios Tzuntapampa, por los argumentos expuestos en la parte Considerativa de la presente Resolución.
RECONOCER al Comité de Usuarios Pariaco Chontayoc Chicney, conformado por los usuarios que utilizan las aguas provenientes de la quebrada Hatum Parata y quebrada Hatun Parata, que pertenece al Subsector Hidráulico Urpay Huamarin que forma parte integrante del Sector hidráulico Menor Medio Alto Santa, Clase A.
Acreditar la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 28382.400 (m³/año) para el desarrollo del proyecto MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE RURAL Y MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO U OTRAS FORMAS DE DISPOSICION SANITARIA DE EXCRETAS EN LA LOCALIDAD DE WIASH DEL CENTRO POBLADO DE VICOS DISTRITO DE MARCARA DE LA PROVINCIA DE CARHUAZ DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH, por un periodo de dos (02) años.
Acreditar la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 147857.690 (m³/año) para el desarrollo del proyecto MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DE RIEGO DE LOS CANALES MARÍA JOSEFA, HUANDOY CHICO, YURAC URAN PATA PATA Y SANTA TERESA, DISTRITO DE YUNGAY-PROVINCIA DE YUNGAY -DEPARTAMENTO DE ANCASH, por un periodo de dos (02) años.
Declarar improcedente el reconocimiento del Comité de Usuarios Ishque Puquio, por los argumentos expuestos en la parte Considerativa de la presente Resolución.
Acreditar la Disponibilidad Hídrica Superficial anual hasta: 352 257.130 (m³/año) para el desarrollo del proyecto: "MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE URBANO Y MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES PARA DISPOSICIÓN FINAL EN LA LOCALIDAD DE MARCARÁ DE CENTRO POBLADO MARCARA DISTRITO DE MARCARA DE LA PROVINCIA DE CARHUAZ DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH", por un periodo de dos (02) años.
Incorporar el acuerdo de adecuación estatutaria del Comité de Usuarios de Agua Poccrac Cuchu a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI a mérito de lo cual queda denominada como: Comité de Usuarios Poccrac Cuchu.
Incorporar el acuerdo de adecuación estatutaria del Comité de Usuarios de Agua Pokiac Norte a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI a mérito de lo cual queda denominada como: Comité de Usuarios Pokiac Norte.
Incorporar el acuerdo de adecuación estatutaria del Comité de Usuarios de Agua Pampacancha a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI a mérito de lo cual queda denominada como: Comité de Usuarios Pampacancha.