R.TNRCH. Nº 0418-2025-ANA
Resumen
CUT: 195849-2022.
IMPUGNANTE: Agroaurora S.A.C.
ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.
SUMILLA: Corresponde otorgar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando es posible atender el requerimiento de agua del administrado, pues si bien existe déficit en la captación directa de la fuente, sin embargo, el faltante se compensa con la provisión del Proyecto Especial, sin que ello prejuzgue la procedencia de las obras de aprovechamiento, que se evaluará en su oportunidad, sujeto al cumplimiento de los presupuestos legales y reglamentarios.
MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Decreto Supremo N° 006-2021-MIDAGRI y Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA.
SENTIDO: Infundado.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Corresponde otorgar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando es posible atender el requerimiento de agua del administrado, pues si bien existe déficit en la captación directa de la fuente, sin embargo, el faltante se compensa con la provisión del Proyecto Especial, sin que ello prejuzgue la procedencia de las obras de aprovechamiento, que se evaluará en su oportunidad, sujeto al cumplimiento de los presupuestos legales y reglamentarios.
Marco normativo
Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Decreto Supremo N° 006-2021-MIDAGRI y Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA.