Delimitar como ancho de la faja marginal del Río Huallaga y quebradas Curyllacu, Yucanallacu y Chazutayacu, en el ámbito del Distrito de Chazuta y cada uno de sus caseríos y centros poblados.
Delimitar en 5 metros lineales como ancho de Faja Marginal en ambas márgenes, la Quebrada "Potochillo", ubicado en el Caserío Vistoso Grande, Distrito de Zapatero, Provincia de Lamas, Región San Martin.
Declarar de necesidad y utilidad pública, la conservación y preservación de recurso hidrico, proveniente de las fuentes de agua. Fijar como faja marginal, alrededor de la ubicación de la naciente de la vertiente natural de agua MISHQUIYAQUILLO, un ancho de 30.00 m a cada lado.
Delimitar la faja marginal del Río Huallaga y quebrada Yarina en la jurisdicción de los Centros Poblados de Yarina y Navarro, éste último capital del Distrito de Chipurana, ámbito de la Provincia de Chazuta, Región San Martin.
Delimitar la faja marginal de la Quebrada Yuracyacu, en la jurisdicción del Centro Poblado Yumbatos y Distrito De Pongo De Caynarachi, Provincia de Lamas, Región de San Martín, en toda su extensión, a ambos márgenes y en forma paralela a su curso, un ancho de veinte (20) metros a partir de la ribera ô nivel máximo de las crecientes.
OTORGAR a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORALES representada por su ALCALDE LINDER ARÉVALO MELEDEZ, PERMISO DE USO de la Faja Marginal, a ambas márgenes del Rio Cumbaza (Tramo Bocatoma — Puente del Río Cumbaza).
Establecer la Faja Marginal en el Río Huallaga margen izquierda en el tramo paralelo comprendido a los predios de Unidades Catastrales No. (s) 31390 y 30468, y entre las distancias de la quebradas Tununtunumba y Cumbacino, ubicado en el Sector Tununtunumba, Distrito de Chazuta, Provincia San Martín, Región San Martín, un ancho de faja marginal de 12 metros, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Administrativa.
Disponer como Faja Marginal un ancho de 20 metros a ambas márgenes de los vertientes denominados "El Pintal", así como de la Quebrada El Pintal, desde la naciente de misma hasta la desembocadura.
Delimitar la faja marginal de la Laguna “Andiviela” en toda su extensión en una ancho de 20.00 m, determinando su lindero exterior a partir de la ribera y en forma paralela a esta.