R.TNRCH. Nº 0632-2024-ANA
Resumen
CUT N°: 21704-2022.
IMPUGNANTE: Elizabeth Díaz Aliaga.
ORGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.
SUBMATERIA: Dañar, obstruir o destruir las defensas, naturales o artificiales, de las márgenes de los cauces y Construir o modificar obras sin autorización.
SUMILLA: Los cauces naturales constituyen bienes de dominio público hidráulico por lo que la ejecución de obras sin autorización y su obstrucción constituyen infracciones sancionables.
MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Infundado
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Los cauces naturales constituyen bienes de dominio público hidráulico por lo que la ejecución de obras sin autorización y su obstrucción constituyen infracciones sancionables.
Marco normativo
Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.