CUT N°: 167905-2023.
SOLICITANTE: Jaime Severiano Ramos García.
ORGANO: ALA San Juan.
MATERIA: Organizaciones de usuarios de agua.
SUBMATERIA: Reconocimiento de consejo directivo.
SUMILLA: No corresponde declarar la nulidad cuando el acto administrativo ha cumplido los requisitos de forma; y, además, en esta instancia no se evalúa la validez de los procesos eleccionarios.
MARCO NORMATIVO: Numeral 2.2 del artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 269-2017-ANA, artículo 92° del Código Civil y artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: No haber mérito.