Autoridad Local del Agua de Chili

R.TNRCH. Nº 0674-2025-ANA

Resumen

CUT: 101035-2024.

IMPUGNANTE: Perú Leder Export S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Falta de pago de retribuciones o tarifas por el uso de agua. - No dar aviso oportuno a la Autoridad Nacional del Agua cuando por causa justificada no utilice transitoria, parcial o totalmente las aguas otorgadas.

SUMILLA: La resolución es nula cuando el procedimiento sancionador se inicia por falta de pago de la retribución económica, pero, en forma contradictoria, la sanción se impone por vertimiento de aguas residuales.

MARCO NORMATIVO: Numerales 3 y 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 252° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, literales j) y m) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Fundado y retrotraer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1012-2024

Sumilla

La resolución es nula cuando el procedimiento sancionador se inicia por falta de pago de la retribución
económica, pero, en forma contradictoria, la sanción se impone por vertimiento de aguas residuales

Marco normativo

Numerales 3 y 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 252° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, literales j) y m) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0673-2025-ANA

Resumen

CUT: 29687-2024.

IMPUGNANTE: Elyngluf S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: Se acredita la causalidad, por medio de indicios concurrentes, cuando el administrado, que niega la ejecución del pozo, sin embargo, había solicitado previamente la acreditación de disponibilidad hídrica sobre esa misma obra, y, además, en el momento de la verificación técnica se encontró un vehículo que publicita su logo empresarial.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento y numeral 8 del artículo 248° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: 4.82 UIT – Grave.

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1069-2024

Sumilla

Se acredita la causalidad, por medio de indicios concurrentes, cuando el administrado, que niega la ejecución del pozo, sin embargo, había solicitado previamente la acreditación de disponibilidad hídrica sobre esa misma obra, y, además, en el momento de la verificación técnica se encontró un vehículo que publicita su logo empresarial.

Marco normativo

Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento y numeral 8 del artículo 248° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0671-2025-ANA

Resumen

CUT: 210873-2024.

IMPUGNANTE: Adriana María Calla Gallegos.

ÓRGANO: ALA Chili.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: : Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: La nueva prueba que consiste en la partida registral completa de sucesión intestada, acredita el título de transferencia de propiedad para los fines de la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y Numeral 23.1 y 23.2 del artículo 23 del "Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua".

SENTIDO: Fundado, revocar y otorgar la extinción y otorgamiento.

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

166-2025

Sumilla

La nueva prueba que consiste en la partida registral completa de sucesión intestada, acredita el título de transferencia de propiedad para los fines de la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y Numeral 23.1 y 23.2 del artículo 23 del "Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua".

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0645-2025-ANA

Resumen

CUT: 158925-2024.

SOLICITANTE: José Edgardo Pacheco Lizárraga.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Suspensión de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La solicitud de suspensión de uso de agua se resuelve básicamente en función a la voluntad del titular, por lo que es irrelevante la posesión que ejerce un tercero.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 56° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

255-2025

Sumilla

La solicitud de suspensión de uso de agua se resuelve básicamente en función a la voluntad del titular, por lo que es irrelevante la posesión que ejerce un tercero.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 56° de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

PROCESO CAS N° 145-2025-ANA (SEGUNDA CONVOCATORIA PROCESO CAS N° 057-2025-ANA) CONVOCATORIA TRANSITORIO

Fecha convocatoria

Viernes, 20 Junio, 2025

Puesto

Analista II en Recursos Hídricos Of. de Enlace la Joya

Fecha resultado preliminar

Sábado, 21 Junio, 2025

Etiquetas

Fecha resultado final

Sábado, 21 Junio, 2025

R.TNRCH. Nº 0633-2025-ANA

Resumen

CUT: 135695-2023.

SOLICITANTE: Francisca Rosario Cahua Mena.

ÓRGANO: ALA Chili.

MATERIA: Nulidad de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La inscripción de una medida cautelar de no innovar no suspende los efectos del testamento inscrito, por lo que constituye un título de transferencia de propiedad para los fines de la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua; sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva en el proceso judicial.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Lunes, 16 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

150-2025

Sumilla

La inscripción de una medida cautelar de no innovar no suspende los efectos del testamento inscrito, por lo que constituye un título de transferencia de propiedad para los fines de la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua; sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva en el proceso judicial.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0619-2025-ANA

Resumen

CUT: 256422-2024.

IMPUGNANTE: Asociación Agroindustrial y de Forestación Ecológica Bello Horizonte.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando no es compatible con el Plan de Gestión de Recursos Hídricos, porque el balance propuesto presenta inconsistencias en relación con el caudal ecológico.

MARCO NORMATIVO: Artículo 79º de la Ley de Recursos Hídricos, 32º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos 39° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 16 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

165-2025

Sumilla

Es improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando no es compatible con el Plan de Gestión de Recursos Hídricos, porque el balance propuesto presenta inconsistencias en relación con el caudal ecológico.

Marco normativo

Artículo 79º de la Ley de Recursos Hídricos, 32º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos 39° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0610-2025-ANA

Resumen

CUT: 184015-2024.

IMPUGNANTE: Santos Roy Tacuri Parizaca.

ÓRGANO: ALA Chili.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea sin perforación.

SUMILLA: No corresponde otorgar la autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea sin perforación cuando la memoria descriptiva contempla un cronograma de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, lo cual es inconsistente con lo anterior.

MARCO NORMATIVO: El numeral 80.1 del artículo 80º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 11º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 007-2025-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

056-2025

Sumilla

No corresponde otorgar la autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea sin perforación cuando la memoria descriptiva contempla un cronograma de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, lo cual es inconsistente con lo anterior.

Marco normativo

El numeral 80.1 del artículo 80º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 11º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 007-2025-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RESOLUCON ADMINISTRATIVA N° 0201-2025-ANA-AAA.CO-ALA.CH

Resumen

DENEGAR PEDIDO DE FORMALIZACION DE USO DE AGUA PRESENTADO POR EL SEÑOR EMILIO CRUS VERA EN VIRTUD A LO MANIFESTADO EN LOS CONSIDERANDOS DE LA PRESENTE RESOLUCION.

Fecha de Resolución

Jueves, 12 Junio, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

RESOLUCON ADMINISTRATIVA N° 0202-2025-ANA-AAA.CO-ALA.CH

Resumen

OTORGAR LICENCIA DE USO DE AGUA AGRICOLA SUPERFICIAL  A FAVOR DE GORDILLO OVIEDO JOSE DAGOBERTO DEL PREDIO CON 03071, PARCELA 28A JURISDICCION DE LA JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO MENOR LA JOYA CLASE A.

Fecha de Resolución

Jueves, 12 Junio, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua