Autoridad Local del Agua de Camaná - Majes

R.A.N°158-2025-ANA-AAA.CO-ALA.CM

Resumen

Declarar de oficio el abandono del procedimiento de Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua por cambio de titular del predio con Unidad Catastral N° 08139 de una extensión de 0.30 ha., presentado por el señor Martínez Quezada, Héctor José, con DNI 43141155.

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Septiembre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A.N°157-2025-ANA-AAA.CO-ALA.CM

Resumen

Declarar de oficio el abandono del procedimiento de Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua por cambio de titular del predio con Unidad Catastral N° 08218 de una extensión de 0.19 ha., presentado por el señor Martínez Quezada, Héctor José, con DNI 43141155.

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Septiembre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A.N°156-2025-ANA-AAA.CO-ALA.CM

Resumen

Declarar de oficio el abandono del procedimiento de Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua por cambio de titular del predio con Unidad Catastral N° 08274 de una extensión de 1.30 ha., presentado por el señor Martínez Quezada, Héctor José, con DNI 43141155.

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Septiembre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.TNRCH. Nº 0947-2025-ANA

Resumen

CUT: 20285-2024.

ADMINISTRADO: Narda Selene Sarmiento Granda.

ÓRGANO: ALA Camaná Majes.

MATERIA: Licencia de uso de Agua

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento es válida cuando se basa en documentos registrales vigentes en el momento que se resuelve el procedimiento, sin perjuicio de que, un mandato judicial cambie la titularidad del predio que habilite un nuevo procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

163-2025

Sumilla

La extinción y otorgamiento es válida cuando se basa en documentos registrales vigentes en el momento que se resuelve el procedimiento, sin perjuicio de que, un mandato judicial cambie la titularidad del predio que habilite un nuevo procedimiento

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0946-2025-ANA

Resumen

CUT: 20361-2024.

ADMINISTRADO: Narda Selene Sarmiento Granda.

ÓRGANO: ALA Camaná Majes.

MATERIA: Licencia de uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento es válida cuando se basa en documentos registrales vigentes en el momento que se resuelve el procedimiento, sin perjuicio de que, un mandato judicial cambie la titularidad del predio que habilite un nuevo procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

162-2025

Administrado

Narda Selene Sarmiento Granda

Sumilla

La extinción y otorgamiento es válida cuando se basa en documentos registrales vigentes en el momento que se resuelve el procedimiento, sin perjuicio de que, un mandato judicial cambie la titularidad del predio que habilite un nuevo procedimiento.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0945-2025-ANA

Resumen

CUT: 40944-2024.

ADMINISTRADO: Narda Selene Sarmiento Granda.

ÓRGANO: ALA Camaná Majes.

MATERIA: Licencia de uso de Agua

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento es válida cuando se basa en documentos registrales vigentes en el momento que se resuelve el procedimiento, sin perjuicio de que, un mandato judicial cambie la titularidad del predio que habilite un nuevo procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

164-2025

Administrado

Narda Selene Sarmiento Granda

Sumilla

La extinción y otorgamiento es válida cuando se basa en documentos registrales vigentes en el momento que se resuelve el procedimiento, sin perjuicio de que, un mandato judicial cambie la titularidad del predio que habilite un nuevo procedimiento.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0938-2025-ANA

Resumen

CUT: 20368-2024.

ADMINISTRADO: Narda Selene Sarmiento Granda.

ÓRGANO: ALA Camaná Majes.

MATERIA: Licencia de uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento es válida cuando se basa en documentos registrales vigentes en el momento que se resuelve el procedimiento, sin perjuicio de que, un mandato judicial cambie la titularidad del predio que habilite un nuevo procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

161-2025

Administrado

Narda Selene Sarmiento Granda

Sumilla

La extinción y otorgamiento es válida cuando se basa en documentos registrales vigentes en el momento que se resuelve el procedimiento, sin perjuicio de que, un mandato judicial cambie la titularidad del predio que habilite un nuevo procedimiento.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0937-2025-ANA

Resumen

CUT: 20294-2024.

ADMINISTRADO: Narda Selene Sarmiento Granda.

ÓRGANO: ALA Camaná Majes.

MATERIA: Licencia de uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento es válida cuando se basa en documentos registrales vigentes en el momento que se resuelve el procedimiento, sin perjuicio de que, un mandato judicial cambie la titularidad del predio que habilite un nuevo procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

159-2025

Sumilla

La extinción y otorgamiento es válida cuando se basa en documentos registrales vigentes en el momento que se resuelve el procedimiento, sin perjuicio de que, un mandato judicial cambie la titularidad del predio que habilite un nuevo procedimiento

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0922-2025-ANA

Resumen

CUT: 5180-2024.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Arequipa.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Las obras permanentes de defensa ribereña requieren de la autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 260.1 del artículo 206º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave – 3 UIT.

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

895-2024

Sumilla

Las obras permanentes de defensa ribereña requieren de la autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 260.1 del artículo 206º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.A.N°155-2025-ANA-AAA.CO-ALA.CM

Resumen

Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolucion Administrativa N° 0535 2005 GRA/PR-DRAG-ATDR.CM. y Otorgar LICENCIA de uso de agua Agrícola, Superficial, a favor de: BENAVENTE RIEGA, ERIC FAVIO con DNI 40872273.

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Septiembre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua