Autoridad Local del Agua de Chillón - Rímac - Lurín

R.TNRCH. Nº 0323-2025-ANA

Resumen

CUT: 38706-2025.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Lunes, 31 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

319-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0322-2025-ANA

Resumen

CUT: 38720-2025.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Lunes, 31 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

321-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0321-2025-ANA

Resumen

CUT: 266621-2024.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Lunes, 31 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

204-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0320-2025-ANA

Resumen

CUT: 190658-2024.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Lunes, 31 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

315-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0318-2025-ANA

Resumen

CUT: 205813-2024.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Lunes, 31 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

318-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0317-2025-ANA

Resumen

CUT: 104099-2024.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Lunes, 31 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

316-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0316-2025-ANA

Resumen

CUT: 93221-2024.

IMPUGNANTE: Odón Arana Ramos.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Lunes, 31 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

222-2025

Marco normativo

Artículo 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0315-2025-ANA

Resumen

CUT: 217907-2024.

IMPUGNANTE: Nexa Resources Cajamarquilla S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Principio del Debido Procedimiento.

SUMILLA: La retribución económica por el uso del agua subterránea en el recibo único se sustenta en el volumen reportado por el operador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6.1 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo 1185, que regula el Régimen Especial de Monitoreo y Gestión del Agua Subterránea a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, Resolución Jefatural Nº 115- 2021-ANA, que aprueban las Disposiciones que regulan la forma y plazos en que los usuarios abonan las retribuciones económicas por el uso del agua y por vertimiento de agua residual tratada y Reglamento del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento habilitadas como Operadoras del Servicio, aprobado con la Resolución de Consejo Directivo Nº 057- 2017-SUNASS-CD.

SENTIDO: Fundado, nulo e improcedente.

Fecha de Resolución

Lunes, 31 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

031-2025

Sumilla

La retribución económica por el uso del agua subterránea en el recibo único se sustenta en el volumen reportado por el operador.

Marco normativo

Numeral 6.1 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo 1185, que regula el Régimen Especial de Monitoreo y Gestión del Agua Subterránea a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, Resolución Jefatural Nº 115- 2021-ANA, que aprueban las Disposiciones que regulan la forma y plazos en que los usuarios abonan las retribuciones económicas por el uso del agua y por vertimiento de agua residual tratada y Reglamento del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento habilitadas como Operadoras del Servicio, aprobado con la Resolución de Consejo Directivo Nº 057- 2017-SUNASS-CD.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0314-2025-ANA

Resumen

CUT: 202868-2024.

IMPUGNANTE: Nexa Resources Cajamarquilla S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Principio del Debido Procedimiento.

SUMILLA: La retribución económica por el uso del agua subterránea en el recibo único se sustenta en el volumen reportado por el operador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6.1 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo 1185, que regula el Régimen Especial de Monitoreo y Gestión del Agua Subterránea a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, Resolución Jefatural Nº 115- 2021-ANA, que aprueban las Disposiciones que regulan la forma y plazos en que los usuarios abonan las retribuciones económicas por el uso del agua y por vertimiento de agua residual tratada y Reglamento del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento habilitadas como Operadoras del Servicio, aprobado con la Resolución de Consejo Directivo Nº 057- 2017-SUNASS-CD.

SENTIDO: Fundado, nulo e improcedente.

Fecha de Resolución

Lunes, 31 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

032-2025

Sumilla

La retribución económica por el uso del agua subterránea en el recibo único se sustenta en el volumen reportado por el operador

Marco normativo

Numeral 6.1 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo 1185, que regula el Régimen Especial de Monitoreo y Gestión del Agua Subterránea a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, Resolución Jefatural Nº 115- 2021-ANA, que aprueban las Disposiciones que regulan la forma y plazos en que los usuarios abonan las retribuciones económicas por el uso del agua y por vertimiento de agua residual tratada y Reglamento del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento habilitadas como Operadoras del Servicio, aprobado con la Resolución de Consejo Directivo Nº 057- 2017-SUNASS-CD.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0312-2025-ANA

Resumen

CUT: 241774-2024.

IMPUGNANTE: Nexa Resources Cajamarquilla S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Principio del Debido Procedimiento.

SUMILLA: La retribución económica por el uso del agua subterránea en el recibo único se sustenta en el volumen reportado por el operador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6.1 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo 1185, que regula el Régimen Especial de Monitoreo y Gestión del Agua Subterránea a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, Resolución Jefatural Nº 115- 2021-ANA, que aprueban las Disposiciones que regulan la forma y plazos en que los usuarios abonan las retribuciones económicas por el uso del agua y por vertimiento de agua residual tratada y Reglamento del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento habilitadas como Operadoras del Servicio, aprobado con la Resolución de Consejo Directivo Nº 057- 2017-SUNASS-CD.

SENTIDO: Fundado, nulo e improcedente.

Fecha de Resolución

Lunes, 31 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

151-2025

Sumilla

La retribución económica por el uso del agua subterránea en el recibo único se sustenta en el volumen reportado por el operador.

Marco normativo

Numeral 6.1 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo 1185, que regula el Régimen Especial de Monitoreo y Gestión del Agua Subterránea a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, Resolución Jefatural Nº 115- 2021-ANA, que aprueban las Disposiciones que regulan la forma y plazos en que los usuarios abonan las retribuciones económicas por el uso del agua y por vertimiento de agua residual tratada y Reglamento del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento habilitadas como Operadoras del Servicio, aprobado con la Resolución de Consejo Directivo Nº 057- 2017-SUNASS-CD.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas