R.TNRCH. Nº 0746-2025-ANA

Resumen

CUT: 134811-2025.

SOLICITANTE: Agrícola Safco Perú S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja carece de objeto cuando el asunto de fondo ha sido resuelto.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Carece de objeto.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

705-2025

Sumilla

La queja carece de objeto cuando el asunto de fondo ha sido resuelto.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0857-2025-ANA-AAA.CF

Resumen

Desestimar la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica superficial proveniente del río Supe, para el proyecto agrario en el predio denominado «Huarihuas» de 1,9087 ha, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, región Lima, solicitado por Yuri Adán Fernández Atencio identificado con DNI 46263038, de acuerdo con el antepenúltimo y penúltimo considerando de la presente resolución.

  • Se anexa el Informe Técnico 0064-2025-ANA-AAA.CF/RFB, como parte integrante del presente acto administrativo.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Julio, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

Autor

ANA

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0856-2025-ANA-AAA.CF

Resumen

Sancionar, a Nelyda Toribio Espinoza identificada con DNI 08136401, por realizar vertimientos de aguas residuales de uso doméstico sin tratar mediante una tubería de material PVC 12” de diámetro, hacia el mar de Pucusana, en la coordenada UTM WGS84, 18s, 304 310 mE; 8 619 313 mN, sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, prevista como infracción en el numeral 9 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal d del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, «Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua», la cual se califica como grave y se impone como sanción una multa de «2,1» UIT vigente al momento del pago, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174, a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de «10» días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitirse a esta Autoridad Administrativa copia del respectivo comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firme la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Julio, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

Autor

ANA

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0892-2025-ANA-AAA.CF

Resumen

Acreditar la disponibilidad hídrica superficial para el otorgamiento de derecho de uso de agua con fines de uso agrícola, proveniente del río Cuchichaca, afluente del rio Rapay, de la cuenca del rio Pativilca, a favor de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Lima, para desarrollar el proyecto «Mejoramiento del sistema de riego en el sector Pusgoj, Pisacwain, Laquiar, Shimpum, Pucroc y Aysha».

 

Fecha de Resolución

Martes, 15 Julio, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

Autor

ANA

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0854-2025-ANA-AAA.CF

Resumen

Disponer el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador, seguido en contra de Doheny Lusis Alcántara Siri, identificado con DNI 15846434, por la presunta infracción establecida en el numeral 12 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos – Ley 29338 concordante con el literal o del artículo 277° de su Reglamento.

  • Disponer, que se adjunte a la presente resolución el Informe Final de Instrucción 0030-2025-EAVM, como parte de lo resuelte en el presente acto administrativo.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Julio, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

Autor

ANA

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0853-2025-ANA-AAA.CF

Resumen

Sancionar administrativamente a la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima «Sedapal S.A.», por la descarga de efluentes a través de una tubería de 6” a la margen izquierda al canal L1 Isleta ubicada en la coordenada UTM WGS84 276 184 mE 8 685 639 mN, la cual proviene de la red de alcantarillado que administra, ocasionando un uso diferente de la obra para la cual fue construida, debido a que esta responde a un fin y a determinadas características de diseño requeridas para el transporte de agua con una cantidad y calidad adecuada para el uso establecido, prevista como infracción en el literal “q” del artículo 277° del Reglamento de la Ley 29338 «Ley de Recursos Hídricos»; calificándose la infracción como grave e imponiéndose finalmente como sanción, una multa ascendente a (2,1) UIT. vigente al momento del pago, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación N.º 0000877174, a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitirse a esta Autoridad Administrativa copia del respectivo comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firme la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Julio, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

Autor

ANA

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0852-2025-ANA-AAA.CF

Resumen

Sancionar, a Edith Nilda Rodríguez Velito identificada con DNI 40042675, por obstruir el camino de vigilancia del canal derivador Huayaringa, realizada mediante la construcción de 7 columnas de concreto (0.25 x 0.30 x 2.85m), un cerco de piedras y llantas (2.10m), y una conexión de tubería de ½” en la margen derecha del mismo canal, prevista como infracción en el numeral 5 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos «Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados» concordante con el literal o del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos «Dañar, obstruir o destruir las obras de infraestructura hidráulica pública o cualquier bien asociado al agua natural o artificial», la cual se califica como grave y se impone como sanción una multa de «2,1» UIT vigente al momento del pago, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174, a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitirse a esta Autoridad Administrativa copia del respectivo comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firme la presente resolución.

Fecha de Resolución

Sábado, 11 Enero, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

Autor

ANA

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0851-2025-ANA-AAA.CF

Resumen

Sancionar, a Demetria Vargas Pucllas de Mendoza, identificada con DNI 08562439, por estar ocupando la faja marginal del río Chillón en su margen derecha, específicamente en la Zona 13, Lote A12 Parque Porcino, del distrito de Ventanilla, provincia Callao y región Callao, entre los hitos H14 al H16, prevista como infracción en el literal f del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo 001-2010-AG, la cual se califica como grave y se impone como sanción una multa ascendente a «2,1» UIT vigente al momento del pago, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174, a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitirse a esta Autoridad Administrativa copia del respectivo comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firme la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Julio, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

Autor

ANA

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0850-2025-ANA-AAA.CF

Resumen

Sancionar, a Ceron Ñacayauri Ccencho, identificada con DNI 09883699, por estar ocupando la faja marginal del río Chillón en su margen derecha, específicamente en la Zona 13 Parque Porcino Lote 04, del distrito de Ventanilla, provincia Callao y región Callao, entre los hitos H14 al H15, prevista como infracción en el literal f del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo 001-2010-AG, la cual se califica como grave y se impone como sanción una multa ascendente a «2,1» UIT vigente al momento del pago, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174, a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de «10» días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitirse a esta Autoridad Administrativa copia del respectivo comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firme la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Julio, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

Autor

ANA

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0849-2025-ANA-AAA.CF

Resumen

Archivar el procedimiento administrativo sancionador seguido contra Maximiliana Palomino de Oré, por encontrarse fallecida.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Julio, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

Autor

ANA