CUT: 187336-2025.
IMPUGNANTE: Juan José Beteta Herrera.
ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.
SUBMATERIA: - Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso
- Ejecutar obras hidráulicas sin autorización.
SUMILLA: La obtención de una acreditación de disponibilidad hídrica y autorización de ejecución de obras no habilitan el uso del agua y, por tanto, no configura la causal eximente de responsabilidad por subsanación voluntaria.
MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y los literales a) y b) del artículo 277º de su Reglamento; literal f) del numeral 1 del artículo 257º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Infundado.
SANCIÓN: Leve – 1 UIT