R.TNRCH. Nº 0049-2020-ANA
Resumen
CUT N°: 214441-2019.
IMPUGNANTE: Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
ÓRGANO: AAA Pampas-Apurimac.
SUMILLA: Se declara la nulidad de la Resolución Directoral N° 0792-2019-ANA-AAA.PA debido a que el referido acto administrativo contiene un vicio en la motivación (motivación sustancialmente incongruente); en razón de no haber cumplido con atender correctamente la pretensión de manera congruente en los términos que fue planteada, disponiéndose la reposición del procedimiento administrativo conforme a lo señalado en el numeral 6.10 de la presente resolución.
MATERIA: Autorización de Reúso de Agua Residuales.
SUB MATERIA: Autorización de Reúso de Agua Residuales.
MARCO NORMATIVO: numeral 151.1 del articulo 151° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos numeral 2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Nulidad de Oficio
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Este Colegiado considera que debe disponerse la reposición del procedimiento hasta el momento en el que la Autoridad Administrativa del Agua emita un nuevo pronunciamiento, precisándose que en una autorización de reúso de aguas residuales tratadas debe establecerse un plazo de vigencia en función a las características del proyecto que no podrá ser menor de 2 años ni mayor a 6 años.
Marco normativo
numeral 151.1 del articulo 151° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos numeral 2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.