R.TNRCH. Nº 0473-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 147448-2021.

IMPUGNANTE: Freddy Iván Ruíz Pariona.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

SUMILLA: Se rectifica el error material advertido en la Resolución Directoral N° 0093-2022-ANA-AAA.MAN. Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Fredy Iván Ruíz Pariona contra la Resolución Directoral N° 0093-2022-ANA-AAA.MAN, por haberse desvirtuado sus argumentos de apelación.

MATERIA: Licencia de uso de agua 

SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

MARCO NORMATIVO: Artículos 81° y 82° Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

281-2022

Sumilla

Por no ser la acreditación de disponibilidad hídrica un procedimiento exclusivo y excluyente, el apelante puede solicitar la acreditación de disponibilidad hídrica de la referida fuente de agua teniendo en consideración, que ambos puntos de captación se ubican en un lugar distinto; por lo que, no procede acoger el argumento de la impugnante en este extremo.

Marco normativo

Artículos 81° y 82° Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0472-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 55793-2021.

IMPUGNANTE: Minas Alta Cordillera S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación formulado por Minas Alta Cordillera S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 100-2022-ANA-AAA.CO, debido a que sus argumentos impugnatorios han sido desvirtuados.

MATERIA: Licencia de uso de agua 

SUB MATERIA: Extinción y otorgamiento de Licencia de uso de agua .

MARCO NORMATIVO: Artículo 219° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

252-2022

Sumilla

El impugnante no ha logrado justificar la falta de uso del agua autorizada en la resolución apelada respecto de los periodos 2017-2019.

Marco normativo

Artículo 219° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0471-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 24976-2022.

SOLICITANTES: Juan Bautista Farfán Daza y César Fababa Ricopa.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 894-2019-ANA-AAA.UCAYALI, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

MATERIA: Delimitación de Faja Marginal.

SUB MATERIA: Prescripcion de facultad para declarar nulidad de oficio 

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

265-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0470-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 139908-2021.

IMPUGNANTE: José Luis Romaní Pantoja.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor José Luis Romaní Pantoja contra la Resolución Directoral N° 063-2022-ANA-AAA.MAN, por haberse vulnerado el principio del debido procedimiento en sus modalidades de transgresión al derecho de defensa; en consecuencia, deviene en nulo dicho acto administrativo, disponiéndose la reposición del procedimiento.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Ocupar, ocupar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

242-2022

Sumilla

Se ha transgredido el Principio del Debido Procedimiento en lo referido a la notificación de las actuaciones y a la tutela del derecho de defensa, pues se sancionó al impugnante sin que este pueda hacer valer sus medios de defensa, debido a que a partir de la notificación del inicio del procedimiento administrativo sancionador se realizó en un domicilio distinto al que se acreditó en su documento nacional de identidad.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0469-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 143690-2020.

IMPUGNANTE: Minera Vanessa S.A.C.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por Minera Vanessa S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 030-2022-ANA-AAA.TIT, por haber planteado de manera simultánea los recursos administrativos de reconsideración y apelación contra el mismo acto administrativo. Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Minera Vanessa S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 073-2022-ANA-AAA.TIT, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extinción y otorgamiento de Licencias de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 70° y el numeral 4 del artículo 71° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Improcedente 

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Agosto, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

235-2022

Sumilla

El administrado no hizo uso del recurso hídrico por dos años consecutivos (2018 y 2019), disponiéndose de esta manera, la extinción del derecho y la reversión al dominio del Estado del volumen de agua otorgado, conforme a lo establecido en la norma.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 70° y el numeral 4 del artículo 71° de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0468-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 151359-2020.

IMPUGNANTE: Angelita Inés Medina Sánchez de Zea.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Angelita Inés Medina Sánchez de Zea contra la Resolución Directoral Nº 0697-2021-ANA-AAA.CHCH; en consecuencia, nulo el referido acto por haberse vulnerado el principio de causalidad procediéndose al archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado con la Notificación Nº 017-2021-ANA-AAA-CH.CH-ALA GRANDE.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Sustraer el agua cuyo uso ha sido otorgado a terceros 

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° y numeral 8 del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

208-2022

Sumilla

El órgano de primera instancia ha inobservado el principio de causalidad en el procedimiento administrativo sancionador, debido a que, tanto en la imputación de cargos, así como en la resolución apelada, sobre la base de lo constatado en la inspección ocular, imputó a la administrada la infracción de impedir el ejercicio de un derecho de uso de agua, cuando la conducta fue realizada por otro administrado.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° y numeral 8 del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0467-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 182858-2021.

SOLICITANTE: Rosa Delia Choque Escriba.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral Nº 0037-2022-ANA-AAA.CHCH, solicitada por la señora Rosa Delia Choque Escriba, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extincion y otorgamiento de licencia de uso de agua 

MARCO NORMATIVO: numeral 81.2 del artículo 81° y el numeral 83.3 del artículo 83° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: No Haber Merito

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

217-2022

Sumilla

Se debe señalar que los medios probatorios anexados por la solicitante no logran desvirtuar la motivación realizada por la administración, por cuanto son actos referidos a acreditaciones de disponibilidad hídrica que no otorgan el derecho de aprovechamiento del recurso hídrico  y que ameritaran tenerlos en cuenta en el momento de otorgar el derecho de uso de agua.

Marco normativo

numeral 81.2 del artículo 81° y el numeral 83.3 del artículo 83° del Reglamento 
de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0466-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 96921-2020.

IMPUGNANTES: Julio César Sulca Juares, Harry Eduardo Rodríguez Dávila, Jorge Daniel Pérez Hernández y la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Ica – Clase B.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación formulado por los señores Julio César Sulca Juares, Harry Eduardo Rodríguez Dávila y Jorge Daniel Pérez Hernández, contra el extremo de la Resolución Directoral N° 071-2022- ANA-AAA.CHCH que les impuso una multa de 1.0 UIT de manera solidaria, por haber sido emitida vulnerando el Principio de Tipicidad. Asimismo, se establece que carece de objeto emitir pronunciamiento sobre el recurso de apelación presentado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Ica – Clase B, contra el referido pronunciamiento, debido a que la imposición de la responsabilidad administrativa ha sido declarada nula.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Principio de tipicidad

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

216-2022

Sumilla

Se tiene que en el caso concreto la Administración no cumplió con efectuar la fase aplicativa del Principio de Tipicidad, ya que el hecho referido al haber autorizado la apertura de una cuenta de ahorros de una entidad financiera, no se subsume en la infracción contenida en el literal e) del artículo 108° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua; la transgresión del Principio de Tipicidad, pone en evidencia la vulneración de una disposición legal que compromete la determinación de responsabilidad atribuida en la resolución apelada.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0465-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 128911-2021.

IMPUGNANTE: Anselmo Mamani Pacompia.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación formulado por el señor Anselmo Mamani Pacompia contra la Resolución Directoral N° 786-2021-ANA-AAA.CHCH, debido a que sus argumentos impugnatorios han sido desvirtuados.

MATERIA: Licencia de uso de agua 

SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 6° Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 34° y 53° de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

206-2022

Sumilla

Se considera pertinente indicar que aun cuando el impugnante hubiera logrado levantar el íntegro de las observaciones indicadas en la carta de manera satisfactoria, la decisión adoptada en la resolución apelada, ya que la falta de disponibilidad hídrica determina la imposibilidad de esta autoridad de acceder a lo solicitado.

Marco normativo

Artículo 6° Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 34° y 53° de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0464-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 58645-2021.

IMPUGNANTE: Shougang Hierro Perú S.A.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral Nº 0069-2022-ANA-AAA-CH.CH, por haberse transgredido los principios del debido procedimiento y tipicidad; disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Contravenir cualquiera de las disposiciones previstas en la ley o el reglamento

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Julio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

277-2022

Sumilla

Se verifica que en el procedimiento administrativo sancionador materia de análisis se han transgredido los principios del debido procedimiento y tipicidad, debido a que la autoridad sancionó a la impugnante por un hecho no tipificado como infracción.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor