R.TNRCH. Nº 0671-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 167547-2021.

IMPUGNANTE: Compañía Minera Chungar S.A.C.

ÓRGANO:  AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por Compañía Minera Chungar S.A.C., en consecuencia, nula la Resolución Directoral Nº 0276-2022-ANA-AAA.CF y la Resolución Directoral Nº 0381-2022-ANA-AAA.CF, por haberse emitido incurriendo en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.2 de la presente resolución.

MATERIA:  Autorización de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Prórroga de Autorización de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 17 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

379-2022

Sumilla

Se advierte que la notificación de la carta no se ha efectuado, contraviniendo a la Constitución, a las Leyes o a las normas reglamentarias.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0670-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 134668-2021.

IMPUGNANTE: Job Beltrán Arias Huanacuni.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Job Beltrán Arias Huanacuni contra la Resolución Directoral Nº 1058-2021-ANA.AAA.CO, y, en consecuencia, deviene en nula por encontrarse inmersa en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del procedimiento a efectos de que la Autoridad Administrativa del Agua Caplina-Ocoña emita un nuevo pronunciamiento respecto al recurso de reconsideración presentado por el señor Job Beltrán Arias Huanacuni contra la Resolución Directoral Nº 838-2020-ANA-AAA.CO.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularización o formalizacion de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Jueves, 17 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

373-2021

Sumilla

Este Tribunal advertir que, la administración se pronuncio sin considerar que el impugnante con la copia legalizada del contrato privado de traspaso de posesión y derechos, había acreditado la transferencia de posesión del predio del cual se solicitó la regularización de la licencia de uso de agua, por lo que debía haber sido reconocido como sucesor procedimental.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0669-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 146909–2021.

IMPUGNANTE: Consorcio de Ingenieros Ejecutores Mineros S.A.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Consorcio de Ingenieros Ejecutores Mineros S.A. contra la Resolución Directoral Nº 0190-2022-ANA-AAA.TIT, por haber sido emitida de acuerdo a Ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 255° Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Jueves, 17 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

415 – 2022

Sumilla

Este Colegiado no advierte que se haya producido una afectación al principio del debido procedimiento, puesto que la impugnante si tuvo la oportunidad de contradecir o cuestionar la inclusión de las fotografías tomadas durante la inspección ocular, o cualquier otro medio probatorio, en el trámite y evaluación del presente procedimiento administrativo sancionador.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 255° Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0668-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 40712-2021.

IMPUGNANTE: Aruntani S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Aruntani S.A.C.; en consecuencia, nula la Resolución Directoral Nº 0004-2022-ANA-AAA.CO por contravenir la ley y transgredir el procedimiento regular, y se dispone retrotraer el procedimiento administrativo sancionador conforme a lo establecido en el numeral 6.4 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorizacion 

MARCO NORMATIVO: numeral 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Jueves, 17 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

314-2022

Sumilla

No ha sido puesto en su conocimiento, impidiendo con ello que pueda formular alegatos y vulnerando su derecho de defensa; que se garantiza con el conocimiento del informe final de la autoridad instructora.

Marco normativo

numeral 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0667-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 143941-2022.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de modificación de las licencias de uso de agua subterránea con fines poblacionales promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MATERIA: Procedimiento administrativo general

SUB MATERIA: Abstención.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Abstencion

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

709 – 2022

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento enrtonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0666-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 164451-2022.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica con perforaciones, promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MATERIA: Procedimiento administrativo general

SUB MATERIA: Abstención.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Abstencion 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

711 – 2022

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento enrtonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0665-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 78141-2022.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica subterránea, promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUB MATERIA: Abstención.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Abstencion 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

712 – 2022

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento entonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0664-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 143871–2022.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de modificación de licencia de uso de agua subterránea con fines poblacionales promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MATERIA: Procedimiento administrativo general

SUB MATERIA: Abstención.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Abstencion 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

710 – 2022

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento enrtonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0663-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 143887–2022.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de modificación de licencia de uso de agua subterránea con fines poblacionales promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUB MATERIA: Abstención.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Abstencion 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

695 – 2022

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento enrtonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0662-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 143902– 2022.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de otorgamiento de licencia de uso de agua subterránea con fines poblacionales respecto del pozo P-693 denominado “Milla Ochoa”, ubicado en el distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MATERIA:  Procedimiento administrativo general.

SUB MATERIA: Abstención.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Abstencion 

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

697 – 2022

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento entonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor