R.TNRCH. Nº 0661-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 143915-2022.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de otorgamiento de licencia de uso de agua subterránea con fines poblacionales respecto del pozo N° 707 denominado “Bocatoma”, ubicado en el distrito de El Agustino, provincia y departamento de Lima promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MATERIA: Procedimiento administrativo general

SUB MATERIA: Abstención.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Abstencion 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

696 – 2022

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento enrtonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0660-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 143923–2022.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de modificación de licencia de uso de agua subterránea promovido por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUB MATERIA: Abstención.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Abstencion 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

694 – 2022

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento enrtonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0659-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 155708–2021.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se desaprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de otorgamiento de licencia de uso de agua superficial con fines energéticos promovido por Empresa de Generación Huanza S.A.; y se dispone que continúe con el trámite hasta su conclusión, devolviéndose el expediente.

MATERIA: Procedimiento administrativo general

SUB MATERIA: Abstención.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Abstencion 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

513 – 2021

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento enrtonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0658-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 43745–2022.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se aprueba la solicitud de abstención formulada por el ingeniero Alonzo Zapata Cornejo en su calidad de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza para resolver el procedimiento de autorización de ejecución de obra en fuentes naturales de agua promovido por la empresa CHANGJIANG INSTITUTE OF SURVEY, PLANNING, DESIGN AND REASEARCH SUCURSAL DEL PERÚ a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL; y se dispone que sea la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, la que conozca y resuelva dicho procedimiento.

MATERIA: Procedimiento administrativo general

SUB MATERIA: Abstención.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Abstencion 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

725 – 2022

Sumilla

Cuando el funcionario con facultad resolutiva ha mantenido una relación de prestación de servicio con el administrado durante los doce (12) meses anteriores a la fecha que tomó conocimiento del procedimiento enrtonces se aprobará la abstención.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 99°, 100° y 101 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0657-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 209992-2021.

IMPUGNANTE: Juan Mendoza Palomino.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral Nº 0223-2022-ANA.AAA.MAN, por haber sido emitida incurriendo en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, en consecuencia, se dispone la reposición del procedimiento conforme con lo establecido en el numeral 6.13 de la presente resolución.

MATERIA: Autorizacion de uso de agua 

SUB MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras en Fuente Natural de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

383-2022

Sumilla

Se consideró al impugnante facultado para representar al Gobierno Regional impulsando el procedimiento hasta su pronunciamiento, sin contar con el respectivo poder.

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0656-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 135006-2021.

IMPUGNANTE: Rock Bridge Mining Perú S.R.L.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Rock Bridge Mining Perú S.R.L. contra la Resolución Directoral Nº 317-2022-ANA-AAA.H, por haberse emitido conforme a derecho.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Decretos Legislativos N° 1293 y 1336
Decreto Supremo N° 038-2017-EM.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Martes, 08 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

401-2022

Sumilla

El inicio del proceso de formalización minera integral por parte de la impugnante no desvirtúa, ni le exime de la responsabilidad administrativa por el uso del agua sin contar con el derecho correspondiente, ya sea en su actividad principal o en su campamento.

Marco normativo

Decretos Legislativos N° 1293 y 1336
Decreto Supremo N° 038-2017-EM.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0655-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 26008-2022.

SOLICITANTES: Juan Andrés Zevallos Angulo y otros.

ÓRGANO: ALA Chancay-Huaral.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa Nº 0070-2022-ANAAAA.CF-ALA.CHH debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Martes, 08 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

403-2022

Sumilla

Este Colegiado debe precisar que no se ha acreditado el pronunciamiento final del órgano jurisdiccional en el que se puede determinar fehacientemente que dicho acto jurídico (compraventa) sea nulo; por lo tanto, el argumento alegado por los solicitantes debe ser desestimada, en atención al Principio de Presunción de Veracidad; la resolución apelada resolvió el procedimiento verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Marco normativo

Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0654-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 64295-2022.

SOLICITANTE: Raissa Estela Aranda Zeballos.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

SUMILLA: Se declara improcedente la solicitud la nulidad de oficio de la Resolución Directoral Nº 1827-2018-ANA/AAA CO presentada por la señora Raissa Estela Aranda Zeballos, por haberse agotado la vía administrativa con la Resolución Nº 1017-2019-ANA/TNRCH.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularización o formalizacion de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 228º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 26° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Martes, 08 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

410-2022

Sumilla

Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas agotan la vía administrativa y todo cuestionamiento será ventilado en el Poder Judicial.

Marco normativo

Artículo 228º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 26° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0653-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 81666-2022.

IMPUGNANTE: Juan Lizandro Calizaya Cuayla.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación presentado por el señor Juan Lizandro Calizaya Cuayla contra la Resolución Directoral N° 1331-2017-ANA/AAA I C-O, por haber concluido el procedimiento.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Modificacion o Formalización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 228º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 26° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: Improcedente 

 

Fecha de Resolución

Martes, 08 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

397-2022

Sumilla

Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas agotan la vía administrativa y todo cuestionamiento será ventilado en el Poder Judicial.

Marco normativo

Artículo 228º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 26° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0652-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 180700-2021.

IMPUGNANTE: Empresa Financcort S.A.C.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa Vei S.A.C. mediante la Notificación Múltiple Nº 014-2020-ANA-AAA.CF-ALA.MOC. Asimismo, se dispone la conclusión y archivo de dicho procedimiento.

Se declara fundado el recurso de apelación presentado por la empresa Financcort S.A.C, en consecuencia, nula la Resolución Directoral Nº 327-2021-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA y la Resolución Directoral Nº 0761-2021- ANA-AAA-CF, por encontrarse incursas en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme con el numeral 6.13 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUB MATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad

 

Fecha de Resolución

Martes, 08 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor