R.TNRCH. Nº 1024-2025-ANA

Resumen

CUT: 130432-2025.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Uchiza.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados.

SUMILLA: La autoría de la infracción por dañar el cauce se demuestra con la operación de la maquinaria, no necesariamente con la propiedad de la misma.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave - 4 UIT.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

671-2025

Sumilla

La autoría de la infracción por dañar el cauce se demuestra con la operación de la maquinaria, no necesariamente con la propiedad de la misma.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1023-2025-ANA

Resumen

CUT: 156738-2025.

IMPUGNANTE: Luis Guillermo Prado Rosas.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Cuando la resolución de sanción se notifica dentro del plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos, no opera la caducidad administrativa.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave - 2.5 UIT.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

818-2025

Sumilla

Cuando la resolución de sanción se notifica dentro del plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos, no opera la caducidad administrativa.

Marco normativo

Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1022-2025-ANA

Resumen

CUT: 116834-2025

IMPUGNANTE: Diomedes Acero Mamani.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Regularización de uso del agua.

SUMILLA: Son nulas las resoluciones que revivieron un procedimiento administrativo concluido con pronunciamiento de última instancia administrativa.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 3° y artículo 5° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

575-2025

Sumilla

Son nulas las resoluciones que revivieron un procedimiento administrativo concluido con pronunciamiento de última instancia administrativa.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 3° y artículo 5° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1021-2025-ANA

Resumen

CUT: 19698-2019.

IMPUGNANTE: Porfirio Calisaya Huarino.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: Los contratos de transferencia otorgados por quien no tiene condición de propietario o posesionario legítimo no constituyen un título de propiedad o posesión legítima. El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública cuando menos desde el 31.03.2004.

MARCO NORMATIVO: Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.

SENTIDO: Infundados.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

359-2025

Sumilla

Los contratos de transferencia otorgados por quien no tiene condición de propietario o posesionario legítimo no constituyen un título de propiedad o posesión legítima. El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública cuando menos desde el 31.03.2004.

Marco normativo

Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1020-2025-ANA

Resumen

CUT: 147096-2025.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Daniel Alomia Robles.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimiento sin autorización

SUMILLA: Constituye infracción la acción de efectuar vertimientos de aguas residuales en una fuente natural de agua, sin contar con la autorización correspondiente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 4.9 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

788-2025

Sumilla

Constituye infracción la acción de efectuar vertimientos de aguas residuales en una fuente natural de agua, sin contar con la autorización correspondiente.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1019-2025-ANA

Resumen

CUT: 132828-2025.

IMPUGNANTE: Tconcreto S.A.C.

ÓRGANO: TNRCH.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Rectificación de error material.

SUMILLA: La rectificación de error material procede siempre que no se altere el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Rectificación.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

693-2025

Sumilla

La rectificación de error material procede siempre que no se altere el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo

Marco normativo

Numeral 212.1 del artículo 212º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1018-2025-ANA

Resumen

CUT: 10100-2025.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1129-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1017-2025-ANA

Resumen

CUT: 36508-2025.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1147-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1016-2025-ANA

Resumen

CUT: 184118-2025.

IMPUGNANTE: Elena Victoria Cárdenas Quispe.

ÓRGANO: ALA Moquegua.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja por defecto de tramitación será desestimada cuando la autoridad entregó la copia del expediente en trámite. El Tribunal carece de competencia para resolver las quejas por defecto de tramitación originadas en un procedimiento de acceso a la información pública.

MARCO NORMATIVO: Literal d) del artículo 4° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua, artículo 169° y numeral 1 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente e infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

977-2025

Sumilla

La queja por defecto de tramitación será desestimada cuando la autoridad entregó la copia del expediente en trámite. El Tribunal carece de competencia para resolver las quejas por defecto de tramitación originadas en un procedimiento de acceso a la información pública.

Marco normativo

Literal d) del artículo 4° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua, artículo 169° y numeral 1 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1015-2025-ANA

Resumen

CUT: 42842-2025.

ADMINISTRADO: Zenón Hermenegildo García Ofracio.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA: Es nula la autorización obtenida mediante silencio administrativo positivo cuando no se cuenta con los requisitos para su otorgamiento, sin perjuicio de que la primera instancia evalúe los nuevos documentos presentados.

MARCO NORMATIVO: Numeral 84.1 del artículo 84º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y los literales c) y f) del numeral 16.2 del artículo 16º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reposición.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

406-2025

Sumilla

Es nula la autorización obtenida mediante silencio administrativo positivo cuando no se cuenta con los requisitos para su otorgamiento, sin perjuicio de que la primera instancia evalúe los nuevos documentos presentados.

Marco normativo

Numeral 84.1 del artículo 84º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y los literales c) y f) del numeral 16.2 del artículo 16º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas