R.TNRCH. Nº 0441-2024-ANA
Resumen
CUT N°: 146217-2023.
IMPUGNANTE: YOMISS PERU S.R.L.
ORGANO: AAA Mantaro.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.
SUMILLA: Los cauces naturales de agua constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ocupación no autorizada constituye infracción sancionable.
MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal f) del artículo 277° de su Reglamento.
SENTIDO: Infundado.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Los cauces naturales de agua constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ocupación no autorizada constituye infracción sancionable.
Marco normativo
Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal f) del artículo 277° de su Reglamento.