R.TNRCH. Nº 1337-2025-ANA
Resumen
CUT: 131914-2021.
IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Marayllacta del Centro Poblado Porcón Bajo.
ÓRGANO: AAA Marañón.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Superficial.
SUMILLA: No corresponde otorgar una licencia de uso de agua cuando el punto de captación se ubica en una fuente distinta a la que se consideró en la acreditación de disponibilidad hídrica y la autorización de ejecución de obras.
MARCO NORMATIVO: Numeral 85.1 del artículo 85° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2010-AG y modificado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI.
SENTIDO: Infundado.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
No corresponde otorgar una licencia de uso de agua cuando el punto de captación se ubica en una fuente distinta a la que se consideró en la acreditación de disponibilidad hídrica y la autorización de ejecución de obras
Marco normativo
Numeral 85.1 del artículo 85° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2010-AG y modificado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI.

