R.TNRCH. Nº 1019-2025-ANA

Resumen

CUT: 132828-2025.

IMPUGNANTE: Tconcreto S.A.C.

ÓRGANO: TNRCH.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Rectificación de error material.

SUMILLA: La rectificación de error material procede siempre que no se altere el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Rectificación.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

693-2025

Sumilla

La rectificación de error material procede siempre que no se altere el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo

Marco normativo

Numeral 212.1 del artículo 212º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1018-2025-ANA

Resumen

CUT: 10100-2025.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1129-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1017-2025-ANA

Resumen

CUT: 36508-2025.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1147-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1016-2025-ANA

Resumen

CUT: 184118-2025.

IMPUGNANTE: Elena Victoria Cárdenas Quispe.

ÓRGANO: ALA Moquegua.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja por defecto de tramitación será desestimada cuando la autoridad entregó la copia del expediente en trámite. El Tribunal carece de competencia para resolver las quejas por defecto de tramitación originadas en un procedimiento de acceso a la información pública.

MARCO NORMATIVO: Literal d) del artículo 4° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua, artículo 169° y numeral 1 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente e infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

977-2025

Sumilla

La queja por defecto de tramitación será desestimada cuando la autoridad entregó la copia del expediente en trámite. El Tribunal carece de competencia para resolver las quejas por defecto de tramitación originadas en un procedimiento de acceso a la información pública.

Marco normativo

Literal d) del artículo 4° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua, artículo 169° y numeral 1 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1015-2025-ANA

Resumen

CUT: 42842-2025.

ADMINISTRADO: Zenón Hermenegildo García Ofracio.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA: Es nula la autorización obtenida mediante silencio administrativo positivo cuando no se cuenta con los requisitos para su otorgamiento, sin perjuicio de que la primera instancia evalúe los nuevos documentos presentados.

MARCO NORMATIVO: Numeral 84.1 del artículo 84º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y los literales c) y f) del numeral 16.2 del artículo 16º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reposición.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

406-2025

Sumilla

Es nula la autorización obtenida mediante silencio administrativo positivo cuando no se cuenta con los requisitos para su otorgamiento, sin perjuicio de que la primera instancia evalúe los nuevos documentos presentados.

Marco normativo

Numeral 84.1 del artículo 84º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y los literales c) y f) del numeral 16.2 del artículo 16º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1014-2025-ANA

Resumen

CUT: 15504-2025.

ADMINISTRADO: María Alfonsa Tume Fiestas.

ÓRGANO: ALA Medio Bajo Piura.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA:  Es improcedente la extinción y otorgamiento de un derecho cuando el Juez de Paz niega la autenticidad del documento de transferencia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y los numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reposición.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

110-2025

Sumilla

Es improcedente la extinción y otorgamiento de un derecho cuando el Juez de Paz niega la autenticidad del documento de transferencia

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y los numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1013-2025-ANA

Resumen

CUT: 137814-2019.

IMPUGNANTE: Soledad Antonia Colana Quintanilla y otros.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Regularización o formalización de uso de agua.

SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar la titularidad o posesión legítima del predio y el uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública, por lo menos desde el 31.03.2004.

MARCO NORMATIVO: Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.

SENTIDO: Infundados.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

917-2024

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar la titularidad o posesión legítima del predio y el uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública, por lo menos desde el 31.03.2004.

Marco normativo

 Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1012-2025-ANA

Resumen

CUT: 151266-2025.

IMPUGNANTE: Cristobal Utani Inca Gladys Bravo Ascue.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Ejecutar obras hidráulicas en la fuente natural del agua sin autorización. - Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: La reincidencia como criterio para graduar la sanción se configura cuando se trata de la misma infracción y no de diferentes infracciones.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento, numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado en parte.

SANCIÓN: Muy grave – 8 UIT (reformulado). 

Fecha de Resolución

Martes, 30 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

792-2025

Sumilla

La reincidencia como criterio para graduar la sanción se configura cuando se trata de la misma infracción y no de diferentes infracciones

Marco normativo

Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento, numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo GeneraL.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1011-2025-ANA

Resumen

CUT: 53713-2024.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de La Huaca.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: Por la aplicación del principio de prohibición de reforma en peor, se confirma la sanción, aunque la multa haya sido reducida por debajo del mínimo legal, sin sustento.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277° del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave - 1.5 UIT.

Fecha de Resolución

Martes, 30 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

194-2025

Sumilla

Por la aplicación del principio de prohibición de reforma en peor, se confirma la sanción, aunque la multa haya sido reducida por debajo del mínimo legal, sin sustento.

Marco normativo

Literal q) del artículo 277° del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1010-2025-ANA

Resumen

CUT: 225300-2022.

IMPUGNANTE: Sergio Eugenio Gabriel Espino.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Agotamiento de la vía administrativa.

SUMILLA: Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas solo pueden ser cuestionadas en la vía judicial.

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; y, numeral 23.1. del artículo 23° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: No ha lugar.

Fecha de Resolución

Martes, 30 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1147-2024

Sumilla

Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas solo pueden ser cuestionadas en la vía judicial.

Marco normativo

Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; y, numeral 23.1. del artículo 23° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas